REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE.
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, DEL TRÁNSITO Y CON COMPETENCIA TRANSITORIA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-
Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación
Suben las presentes actuaciones del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, a fin de que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria de Protección al Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscrip¬ción Judicial del Estado Portuguesa conozca como Superior Instancia, de la incidencia planteada con motivo de la inhibición del Juez Temporal de ese Tribunal, abogado Rafael Ramírez Medina.
Siendo la oportunidad procesal para decidir la incidencia, pasa este Juzgador a decidirla con vista de las consideraciones y motivos que a continuación se establecen.-
I
Este procedimiento se produce con motivo de inhibición del Juez Temporal del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, abogado Rafael Ramírez Medina.
Manifiesta el Juez inhibido, en el acta respectiva, que prestó patrocinio a la ciudadana María Pura Aldana, como apoderado judicial en la misma causa.
Fundamenta la inhibición en el ordinal 9° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
II
Planteada la incidencia en los términos transcritos, pasa este Juzgador a hacer las siguien¬tes consideraciones:
Al haber prestado el Juez inhibido patrocinio a la ciudadana María Pura Aldana, como apoderado judicial en la misma causa, está incurso en la causal de recusación a que se refiere el ordinal 9° del artículo 82 del CPC y estando la inhibición hecha en la forma ordenada en el artículo 84 eiusdem y fundada en una causal establecida por la ley, la misma debe ser declarada con lugar y así se establece.
III
DECISIÓN:
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria de Protección al Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscrip¬ción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR, la inhibición del Juez Temporal del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, abogado Rafael Ramírez Medina, en la presente causa y se ordena convocar al suplente respectivo.
Publíquese, regístrese y remítase copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria de Protección al Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscrip¬ción Judicial del Estado Portuguesa, en Guanare, a los veintiséis (26) días del mes de agosto de dos mil cuatro.-
El Juez Suplente Especial

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria

Abg. Soni Fernández