SE Decreta la FLAGRANCIA y la aplicación del PROCEDIMIENTO ABREVIADO de conformidad con lo contemplado en el ordinal 1° del artículo 372 y tercer aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano NELSON ENRIQUE TERAN, cédula de Identidad N° 17.277.326, de conformidad con lo pautado en los artículos 250.2,.3 y .5, y Parágrafo Primero del artículo 251 y artículo 252 del Código Orgánico Procesal Penal, quien fue aprehendido en fecha 29 de noviembre de 2004 por la presunta comisión de los delitos de ROBO A AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículo 5 y 6.1,.2 y .3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de JOSE ANTONIO ARIAS RIOS; así mismo, del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278, del Código Penal; y del delito de USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264, de la Ley
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