REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua

Acarigua, 16 de Diciembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-S-2003-002946
ASUNTO : PP11-P-2004-000119

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 04 de este Circuito Judicial, en fecha trece (13) de octubre de 2004, mediante la cual Absuelve al ciudadano ROBERTO ANTONIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.847.361, mayor de edad, residenciado en la calle 3, casa No. 12, Barrio El Samán, Acarigua, Estado Portuguesa, debidamente asistido por el Defensor Privado Abogado JOSE MANUEL SANCHEZ OVIEDO; por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previsto y sancionado en el Artículo 472 primer aparte del Código Penal, en perjuicio de MIGUEL EVARISTO HERNANDEZ MANJARES; en consecuencia este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria, y ordena la LIBERTAD PLENA del ciudadano ROBERTO ANTONIO PEREZ; ya identificado. Así mismo acuerda el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de presentación periódica, impuesta al prenombrado ciudadano, por el Tribunal de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal.

Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, al ciudadano ROBERTO ANTONIO PEREZ y a su defensor. Líbrese oficio al Jefe de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.

Regístrese, diarícese y déjese copia. Librese lo conducente.

La Juez de Ejecución

Abg. Rosa Rodríguez de Brito
El Secretario

RRdeB/ir Abg. Pedro Romero