REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 2 de Diciembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2003-000122
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 02 de este Circuito Judicial, en fecha veintisiete (27) de octubre de 2004, mediante la cual Absuelve al ciudadano DANNY JOSÉ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.225.267, residenciado en el Barrio 5 de Diciembre, calle 14, casa N° 8, Araure, Estado Portuguesa, Acarigua, Estado Portuguesa, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Artículo 5 en relación con el Artículo 6, Ordinales 1° y 3° de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores, perpetrado en perjuicio del ciudadano FREDDY ALEXANDER GALINDEZ, y LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 415 del Código Penal, perpetrado en perjuicio de la ciudadana ADNELYS IGNILDA AGUILAR; en consecuencia este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria, y en consecuencia se ordena la LIBERTAD PLENA del ciudadano DANNY JOSÉ MENDOZA, ya identificado.
Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, al ciudadano DANNY JOSÉ MENDOZA y a su defensor.
Regístrese, diarícese y déjese copia. Librese lo conducente.
La Juez de Ejecución

Abg. Rosa Rodrigues de Brito
El Secretario.
Abg. Pedro Romero
vilma