REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE.
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-
Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación
En la causa iniciada por solicitud de OSCAR DAVID DE FREITAS LEDEZMA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltero, domiciliado en la ciudad de Acarigua, Municipio Autónomo Páez del Estado Portuguesa y titular de la Cédula de Identidad V 12.859.219 contra FRANCISCO PÉREZ y CORTEZA ARTEAGA DE PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, del mismo domicilio y titulares respectivamente de las Cédulas de Identidad V 3.149.782 y V 1.124.471, para que se le hiciera entrega material de un tractor, vista la transacción celebrada en fecha 15 de diciembre de 2004, en la que los solicitados dieron en pago al solicitante la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 10.000.000,00) y las partes manifestaron no quedar nada que deberse, por lo que piden se de por terminado el procedimiento de entrega material que denominan juicio y que el bien objeto de la entrega material, queda en posesión de los que denominan demandados, este Tribunal, considerando que el procedimiento se refiere a derechos disponibles de carácter privado, sin que se afecte de manera alguna normas de orden público y que la transacción no es contraria a la ley, la moral o las buenas costumbres, le imparte la homologación en los términos expuestos por las partes.
Concluida como está la causa, se ordena el archivo definitivo del expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Acarigua, a los veinte (20) días del mes de diciembre de 2004.-
El Juez Temporal
Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria
Abg. Nancy Galíndez de González