REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PÁEZ


JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PAEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.



Acarigua, 22 de diciembre de 2.004
l94° y 145°



Vista la diligencia inserta a los folios 24 al 25, de fecha 20 de diciembre de 2.004, suscrita por los ciudadanos MARY LEIDA VELIS GRANADO, parte demandada, asistida por la Abogado LIZZEDY MAYA, y el ciudadano MEI LAN YANG parte demandante, asistido por la Abogada MIRELL MEA DI GIOIA, mediante la cual aquella conviene en la demanda, pagando los arrendamientos demandados, en parte, dando en pago el importe de Bs. 750.000,oo que dio en depósito, para cancelar el canon de arrendamiento insoluto correspondiente a los meses de Agosto, Septiembre y Octubre de 2004, más Bs. 583.333,33 en cancelación al canon de arrendamiento correspondiente a los meses de Noviembre y Diciembre de 2004 y diez días del mes de Enero de 2005, lo cual es aceptado por el referido actor, quedando obligada la demandante, conforme a lo que convino, en la entrega del inmueble para el día 10 de Enero de 2005, este Tribunal, considerando que los conceptos convenidos son derechos disponibles de las partes, le imparte la TRANSACCIÓN suscrito la correspondiente HOMOLOGACION y pasado en autoridad de cosa juzgada


La Jueza,



Abg. ARACELIS AGUILLÓN MEZA



La Secretaria,


Melania Escalona




AAM/dg.
Causa N° 646-2004