REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

Oídas las pretensiones de las partes el Juez anunció que procede a dictar pronunciamiento de en los siguientes términos: Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Sección de Responsabilidad de Adolescentes - Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: 1.- vista la exposición del Ministerio Público, así como el acta policial que la acompaña donde se evidencia que los funcionarios detuvieron al adolescente el día 27-02-04, cuando era perseguido por personas que gritaban que ese sujeto lo había robado y que el acompañante se había dado a la fuga, que encontraron cerca del sitio un arma de fuego tipo revolver con tres proyectiles sin percutir y que al ser llevado a la comisaría policial de ese sector se encontraba se encontraba el ciudadano Jhonny Rafael Arias tiene como objeto establecer la verdad del hecho, este tribunal acuerda seguir la presente causa por la vía del Procedimiento ORDINARIO. En consecuencia ORDENA remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público, a fin de continuar las investigaciones en contra del adolescente (Identidad Omitida), a quien se le sigue la presente causa por el delito de ROBO AGRAVADO. 3.- Se ordena la libertad del adolescente y entrega a su representante legal. Es todo. El secretario da lectura al acta y al culminar la misma, con la cual se dan por notificadas las partes, de conformidad con el artículo 175 del COPP y requirió del alguacil la verificación de la hora, quien anunció la misma y el juez dio por terminado el acto. Es todo.