REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal CUARTO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 1 de Julio de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-S-2004-000406
ASUNTO : PP11-S-2004-000406
Visto el escrito presentado por el profesional del derecho, Ab. GUILLERMO OCTAVIO DIAZ MARQUEZ, mediante el cual señala que en fecha 28 de enero de 2004 se le otorgó a su defendido WILLIANS COROMOTO SANGRONI FIGUEREDO, la medida cautelar de presentación ante la Oficina de Alguacilazgo cada ocho (8) días, y que por cuanto su defendido se encuentra trabajando y se le hace difícil solicitar permiso en el trabajo para acudir a estas oficinas para cumplir con la medida impuesta, solicita se le alarguen las presentaciones a cuarenta y cinco (45) días, este Tribunal observa que según lo señala el Sistema Juris, efectivamente al ciudadano WILLIANS COROMOTO SANGRONI FIGUEREDO, se le impuso en fecha 28 de enero de 2004, la medida cautelar que señala la defensa en su solicitud, pero es el caso, que el mencionado ciudadano solo ha asistido a la sede del alguacilazgo de este circuito Judicial Penal en tres ocasiones, a saber, el día 04 de febrero de 2004, el día 20 de febrero de 2004 y el día 11 de marzo de 2004, lo que significa que NO HA CUMPLIDO con el régimen de presentaciones señaladas por este Tribunal, motivo por el cual se ordena al mencionado ciudadano a cumplir con dicho régimen de presentaciones so pena de Revocar la medida cautelar acordada de conformidad con el artículo 262 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por todas las consideraciones que antecede este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de control del Circuito Judicial Penal Extensión Acarigua NIEGA la presente solicitud por ser improcedente, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. ROSALBA MUÑOZ FIALLO
LA SECRETARIA
AB. SUSANA GONZALEZ
En esta misma fecha se da cumplimiento con lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA
AB. SUSANA GONZALEZ