REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

Oídas las pretensiones de las partes el Juez anunció que procede a dictar pronunciamiento en los siguientes términos: Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Sección Adolescentes Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley: Se les imponen las medidas cautelares previstas en el artículo 582 literales b, c y f, Someterse bajo cuidado y vigilancia de su representante legal, presentarse cada 30 días ante el Tribunal y prohibición de comunicarse entre sí. Se ordena la continuación de la presente causa por la vía ordinaria y el envío de las actuaciones al Ministerio Público. Se ordena la libertad de los adolescentes y entrega a sus representantes legales presentes en este acto. Se acuerda la realización de los exámenes psicológicos y Social de los adolescentes. Es todo. Líbrense Boletas.