REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE EJECUCION
Guanare, 17 de Noviembre de 2004
Años: 194° y 145°
N° 15
CAUSA 1E-850-04
Por recibida la presente causa proveniente del Tribunal de primera instancia en función de juicio N° 3 de este circuito penal, firme como es la sentencia, según auto de fecha 09 de noviembre de 2004, en la que se absolvió al ciudadano: Rodríguez Rojo Leoncio José, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.119.863, domiciliado en el Barrio San Antonio, calle 4, casa familia Rivero, al lado del hotel Mirador en Guanare, Estado Portuguesa, a quien se le siguió juicio por los delitos de homicidio intencional y porte ilícito de arma.-
En la dispositiva de la sentencia además de declarar la inocencia del ciudadano antes identificado, el tribunal ordena la entrega de los objetos ( arma de fuego) y la destrucción de la vestimenta de la victima, es por lo que este tribunal de primera instancia en funciones de ejecución N° 1, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve notificarle a las partes de este auto ejecutorio, advirtiéndole a quien se crea con derecho de propiedad y legitima tenencia o porte del arma en cuestión que deberá presentar documentación que así lo acredite, de lo contrario se remitirá el arma a la Dirección de Armamento de las Fuerzas Armadas Nacionales.- Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia.-
El Juez de Ejecución No 1 ( suplente)
Abg. Honorio Meléndez
La Secretaria.-
Abg. Dania Leal
Cúmplase.-