REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSÉ VICENTE UNDA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA
DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.


CHABASQUEN: 04 DE NOVIEMBRE DE 2004
AÑOS: 194° Y 145°




EXP N°: 361/2004 DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA


Vista la conciliación celebrada por ante este Tribunal entre los ciudadanos: PIAR ANTONIO VASQUEZ y MARILIS DEL CARMEN MONTILLA RODRIGUEZ por concepto DE OBLIGACION ALIMENTARIA por parte del padre, en beneficio de sus hijos: JHONDER GREGORIO, JHOYDER JOSE y JHOYBER ALIS VASQUEZ MONTILLA, donde quedaron de acuerdo que el padre de los adolescentes entregará la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 200.000,oo) en efectivo a la madre de los mismos, el día 15-12-2004, y quien manifestó que una vez que tenga trabajo le fijará una pensión alimentaria a sus hijos es todo; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del adolescente no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su HOMOLOGACION y le da carácter de cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 Ejusdem, en concordancia con los artículos 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil.


La Juez Temporal,



Abog. Janet del Carmen Zavarce Pinto.




La Secretaria,

Abog. Libia M. Pargas G


Naileth