REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE CONTROL
Guanare; 11 de octubre de 2004
Años 194° y 145°


1CS-2900-04

Visto el escrito presentado por el ciudadano WILMER ANTONIO BERRIOS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, conductor, domiciliado en el barrio Cuatricentenario, calle 2, rancho Los Cocos de Guanare estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° 9.378.188, debidamente asistido por el Abogado Helio Ramón Hidalgo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 5012; donde solicita la entrega material del Vehículo Marca Ford, modelo Fiesta, año 2002, color blanco, clase automóvil, tipo sedan, uso particular, Placas LAL-73Y, Serial de Carrocería AYPB01CX28A97866, Serial del Motor 8-A97866, se remitió oficio a la Fiscalía Primera del Ministerio Público de este Circuito Judicial, solicitándole las actuaciones donde relacionadas con la retención del preidentificado vehículo; recibidas las mismas se denota que la solicitud sobre el vehículo realizada por el mismo solicitante en fecha anterior a la presente fue declarada sin lugar por el Tribunal segundo de Control del estado portuguesa de Guanare en fecha 31-10-2003, la cual fue confirmada por la Corte de Apelaciones de este estado en fecha 30-01-2004.

El ciudadano WILMER ANTONIO BERRIOS RODRIGUEZ, funda su solicitud en el hecho de que ahora cuenta con un título de propiedad sobre el predescrito vehículo.

El Juzgador, aprecia, que existe duda razonable sobre los datos adulterados del vehículo in comento, para que pueda ordenarse su entrega y esta duda genera, como pronunciamiento de este Tribunal de Control, la NEGATIVA de la entrega de vehículo solicitada por el ciudadano WILMER ANTONIO BERRIOS RODRIGUEZ, antes identificado; considerando que existe una sentencia definitivo formal dictada en dicha causa, decisión esta sobre la cual no puede volverse a decidir. Así se decide.

En virtud de la motivación anterior, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA la entrega del vehículo Marca Ford, modelo Fiesta, año 2002, color blanco, clase automóvil, tipo sedan, uso particular, Placas LAL-73Y, Serial de Carrocería AYPB01CX28A97866, Serial del Motor 8-A97866, solicitado por el ciudadano WILMER ANTONIO BERRIOS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, conductor, domiciliado en el barrio Cuatricentenario, calle 2, rancho Los Cocos de Guanare estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° 9.3783188, y acuerda la devolución de las actas procesales al Ministerio Público para su prosecución y presentación de acto conclusivo y el archivo de la presente solicitud.


El Juez de Control N° 1

Luis Alberto Hernández Mendoza

El Secretario,


Abg. Juan Alberto Valera