REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 5 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: PP11-P-2004-000224
JUEZ DE CONTROL N° 01 Abg. FÉLIX MONTES DÁVILA
FISCAL: Abg. GUSTAVO SÁNCHEZ
SECRETARIA: Abg. HEEMERY HERNANDEZ HIDALGO
IMPUTADO: JEANCARLOS ANTONIO GODOY AMAYA
DEFENSOR: Abg. ANDRES DUARTE
DELITO: HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE
VICTIMA: GLENDY JAVIER PÉREZ HERNÁNDEZ(OCCISO)
LUIS ALBERTO HERNANDEZ RODRÍGUEZ(OCCISO)
SOLICITUD: AUTO DE APERTURA A JUICIO
AUTO DE APERTURA A JUICIO
Celebrada en esta misma fecha la audiencia preliminar, en virtud de la acusación presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal, contra el Imputado: JEANCARLOS ANTONIO GODOY AMAYA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal, en perjuicio de: GLENDY JAVIER PÉREZ HERNÁNDEZ (OCCISO) y LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (OCCISO).
Este Tribunal oídas como fueron las partes para decidir observa:
La representación Fiscal en su escrito acusatorio señaló las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos conforme al punto segundo, cursante a los folios 155 al 171, ambos inclusive, de la presente causa, donde hace constar:
FUNDAMENTOS DE HECHOS Y DE DERCHOS
El día Domingo 04 de Julio del año 2004, en horas de la madrugada, en el interior de la tasca "La Estancia", ubicada en la calle 30 entre avenidas 29 y 30, frente al Hotel Parigua, Acarigua, Estado Portuguesa, el imputado JEANCARLOS ANTONIO GODOY AMAYA, en compañía de un adolescente disparó contra la humanidad de los hoy occisos GLENDY JAVIER PEREZ HERNANDEZ y LUIS ALBERTO HERNANDEZ RODRIGUEZ, causándoles la muerte en presencias de testigos.
La imputación la ha producido la representación fiscal sobre los siguientes elementos de convicción:
1.-) Con la Trascripción de Novedad de fecha 04-07-04, cursante al folio 01, donde el Jefe de Guardia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, deja constancia entre otras cosas de la Recepción Telefónica, que recibe llamada de parte del Agente Damelis Campos, Centralista de Guardia de la Policía local, informando sobre el ingreso de dos personas, sin signos vitales, del sexo masculino, presentado heridas por armas de fuego, procedentes de la calle 30 con avenidas 28 y 29 de esta ciudad..."
2.-) Cursa al folio 3 Acta del inicio de la investigación por parte de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, al tener conocimiento de los hechos objeto de la presente investigación.
3.-) Cursa al folio 4 ACTA POLICIAL, suscrita por el funcionario Armando de la Rosa, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Acarigua, quien en entre otras cosas deja constancia:...que se trasladó...hacia la morgue del Hospital Central de esta ciudad, con la finalidad de verificar el ingreso de dos personas del sexo masculino sin signos vitales presentando heridas por armas de fuego..realizó inspección técnica a los cadáveres...quedando identificados como Pérez Glendy Javier...y Hernández Rodríguez Luis Alberto...Acto seguido fueron informados ...que el hecho se produjo en el interior de la Tasca la Estancia ubicada en la avenida 30 de esta ciudad, en horas de la madrugada del día de hoy..."
4.-) Cursa al folio 5, Inspección Ocular N° 1815 de fecha 04-07-04, suscrita por los funcionarios Armando de la Rosa y Betzaida Saquera, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistas de esta ciudad, practicada en la Morgue del Hospital José Casal Ramos..Donde se acordó practicar Inspección y Reconocimiento de cadáver...Asimismo se les practican las Necrodactilias para determinar su plena identificación, se colectan las vestimentas y sustancias hepáticas para la experticias de rigor.
5.-) Cursa al folio 7 y 8, declaración de la ciudadana YENNIFER CAROLINA HERNANDEZ RODRIGUEZ, quien entre otras cosas expuso:"...llegué en compañía de María Angélica, Rosalba Pimentel, Luis Alberto Hernández, Lendys Javier Pérez, Jaiker y Marcos al local denominado la Estancia..llegaron unas personas de Capuchinos entre ellos Indo, Horacio, Wiler - Gato Ciego, Yajaira, Wuilcary, Rosi, Yuslenidy, Conejo, Yanet y tres personas más que colocó de vista pero no le sé los nombres, entonces Horacio le quitó la gorra a Lendy Javier Pérez...una de las personas que andaba con Horacio a quien no le sé el nombre le dio un cachazo con el revolver a Lendys...cuando de repente la persona que le había dado el cachazo a Lendys llegó por detrás y comenzó a disparar contra todos los que estábamos en el grupo, entonces mi hermano Luis Alberto Hernández Rodríguez iba a salir corriendo y se tropezó conmigo y cayó al suelo, en eso la persona que estaba disparando , le efectuó disparos a mi hermano y lo mató...el sujeto que disparó en compañía de los que andaban con él salieron corriendo y se fueron del lugar, ahí llegó la Policía y recogieron a mi hermano y a Lendys Javier y los llevaron al Hospital, pero allí llegaron muerto, es todo."
6.-) Cursa al folio 9 y 10 declaración de MARIA ANGELICA URQUIOLA GARCIA, quien manifestó entre otras cosas: "...llegué a la estancia que es un local nocturno y ahí nos sentamos en una mesa, primeramente estábamos Pablo Ramón Urquiola y Marcos José García, luego llegaron Jennifer, Rosalba Quintero, Luis Hernández, Javier Pérez, José Vidal, Kaiker, luego de eso llegaron a la tasca unas personas que viven en el Barrio Capuchino que conozco a un que apodan El Conejo, Horacio, Ildo, Gato Ciego, Yajaira, Wuilcary, Yuleidy, Rosi, Yanet, El Moreno y dos chamos más que conozco de vista...Yajaira le pasó el arma a Horacio y Horacio se la paso al muchacho que le dicen el Moreno, luego de eso un Mesonero le pasó un arma de fuego a un muchacho que andaba con Horacio, luego que tenían las armas El Moreno y el otro muchacho que tenían las armas se le acercó a Javier Pérez y Luis Hernández y comenzaron a disparar contra ellos...luego que paso el tiroteo, las personas del Barrio Capuchino, salieron corriendo y se fueron y quedaron heridos en el piso Javier Pérez y Luis Hernández, quienes cuando llegó la Policía los llevó al Hospital, pero llegaron muertos, es todo."
7.-) Cursa al folio 11 declaración de JAICKER GREGORIO URANGA RAMOS, quien entre otras cosas dijo: "...como a las cuatro horas de la mañana, estaba en la parte de afuera de la estancia...cuando de repente en la parte de adentro del local, se formó un tiroteo, y vi que salió gente corriendo y yo también salí corriendo, luego me enteré que habían herido Javier Pérez y Luis Hernández, luego acompañé para el Hospital Jennifer para el Hospital y me enteré que las dos personas heridas fallecieron, es todo."
8.-) Cursa al folio 13 Inspección Ocular N° 1816 de fecha 04-07-04, suscrita por los funcionarios Betzaida Saquera y Armando de la Rosa, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas de esta ciudad, practicada en el lugar de los hechos.
9.-) Cursa al folio 15 declaración del ciudadano LEITES EDUARDO, quien manifestó entre otras cosas: "Yo cuando me levante a las seis de la mañana, ya la gente se estaba hiendo de la Tasca es todo."
10.-) Cursa al folio 16 declaración de CARMEN AIDE RODRIGUEZ, quien respondió entre otras preguntas las siguientes: Primera Pregunta: Diga usted, tiene conocimiento del hecho sucedió el día de hoy en su lugar de trabajo en horas de la madrugada? Contestó: "No, me dijeron fue en este Despacho."
11.-) Cursa al folio 22 la declaración de YSLEIDYS ANAIS RIVAS, quien expuso entre otras cosas: "...nos fuimos para la Estancia Horacio, Anthony, apodado Gato Ciego, el novio de Yajaira, el novio de Rosa que le dicen Chepinilito, de nombre Wilmer, Conejo...luego estando dentro de la estancia, en la madrugada, comenzaron a lanzar botellas unos muchachos, que habían entrado...pero antes tenían una gorra que lanzaban para lado y lado...cuando estoy afuera se escuhan unos tiros en la parte de adentro de la Tasca...."
12.-) Cursa al folio 24 declaración de RAFAEL ANTONIO JUAREZ ALVAREZ, quien manifestó entre otras cosas: "...estaba en la Tasca la Estancia...cuando estoy en el baño, escuché varios disparos, pasan los disparos y salgo del baño corriendo y veo que en el pasillo frente a la barra, habían dos personas tiradas en el piso con sangre como muertos y había una persona como herida..."
13.-) Cursa al folio 28 declaración de JESUS ARMANDO ALZURO JIMENEZ, quien expuso entre otras cosas: "El día domingo 04-07-04, como a las tres horas de la madrugada, estaba en la cabina poniendo la música cuando comenzó un alboroto pero como tengo audífonos pegados por la música y veo gente corriendo y le bajo volumen a la música escucho que dicen que habían matado a una persona en la Tasca...cuando no había nadie en el local, abro la puerta de la cabina y veo a una persona tirada en la puerta del negocio..."
14.- Cursa al folio 29 declaración de FRANCISCO ANTONIO GALLARDO RAMOS, quien manifestó entre otras cosas: "El día domingo 04-07-04, como a las tres horas y veinte minutos de la madrugada, se iba a cerrar el local y se formó un alboroto dentro del local...cuando estaba en el depósito escuché varios disparos, como cinco aproximadamente..."
15.-) Cursa al folio 30 declaración de DIANA CAROLINA PEREZ PEÑA, quien entre otras cosas manifestó: "...estaba en mi lugar de trabajo...escucho unos disparos, dentro del local...vi. a dos personas heridas cerca de la Santa María en la parte interna del local..."
16.-) Cursa al folio 31 declaración de NELO GALINDEZ RICHARD RAMON, quien manifestó entre otras cosas: "Yo estaba trabajando en la tasca la Estancia como mesonero cuando de repente unos tipos que estaban allí discutieron, no discutieron mucho y fué de repente que se escucha tres detonaciones, eso fué en la parte de adentro de la tasca...cuando la gente salía el tipo corre y en la puerta le dispara al otro tipo y se van de allí, uno de los heridos que la puerta..."
17.-) Cursa al folio 33 declaración de JHON MILTON RAMIREZ GARCIA, quien expuso entre otras cosas: "Yo estaba trabajando como portero en la Tasca la Estancia...estaba en la parte de afu3era, cuando escuché unos disparos..."
18.-) Cursa al folio 34 declaración de RENNY ANTONIO MENDOZA VENTURA, quien expuso entre otras cosas: "...estaba trabajando como mesonero en la Tasca la Estancia...llegaron unos muchachos...entonces le vi un arma tipo revolver a Jean Carlos Godoy y le dije que no estuviera buscando problemas y él me entregó el arma...como a las tres horas de la madrugada Jean Carlos Godoy, me pidió el arma, porque se iba, entonces yo busqué el arma que la había metido debajo del sonido, la saqué y se la entregué, luego como a los veinte minutos se formó un problema dentro de la tasca...es cuando se escuchan los disparos, entonces salí corriendo hacia afuera y cuando volteo, veo dos personas heridas cerca de la perta de entrada..."
19.-) Cursa al folio 35 declaración de OSCAR ALEXANDER LANDAETA TORREALBA, quien manifestó entre otras cosas: "Yo estaba afuera trabajando como seguridad de la Tasca la Estancia cuando escucho unos tiros y veo salir un poco de gente de adentro de la tasca, entonces al rato veo que traen a dos heridos y llegó una patrulla de la policía los meten allí para auxiliarlos, es todo."
20.- Cursa al folio 36 declaración de YAJAIRA DEL CARMEN PEREZ CATARI, quien dijo entre otras cosas: "...estaba en compañía de unos amigos de nombres Horacio, Ildo, Yusleidys, Wilcary, Wilmer, Wilson, que le dicen Wil, Jean Carlos, Yanet, Jorge mi novio, Anthony que le dicen Gato Ciego, un muchacho que apodan Conejo, bailando y tomando en la Tasca la Estancia...Horacio tuvo un problema con muchacho que se llama Javier...se formó una pelel dentro de la tasca y se escucharon unos tiros, entonces yo deje de bailar y salí corriendo hacia afuera, agarré un libre y me fui para mi casa; ahí en la Tasca se escuchó que la gente gritaba que el que estaba disparando era Wilson apodado Wil...no sabía que habían dos personas muertas hasta que llegué aquí, es todo."
21.-) Cursa al folio 37 declaración de WILMER ENRIQUE MORALES LOVERA, quien dijo entre otras cosas: "...hubo un problema por una gorra, entonces una muchacha le reclamó a Horacio por una gorra...cuando de repente se escucharon como cuatro disparos y entonces yo me baje de la pista y salí corriendo hacia afuera y agarré un libre y me bien para la casa con Horacio, Ildo, Ysuleidys...luego el día domingo como a las cinco hortas de la tarde, se escuchó en el Barrio que en la Tasca la Estancia habían dos muertos por los disparos que se escucharon...pero no conozco a las personas muertas...quiero agregar que mi hermano Wilson Rafael, el día jueves 01-07-04, cuando estaba en el Barrio cargaba un revólver calibre 38, color negro y estaba presente Ildo, fue quien le dio ese día el arma a mi hermano, no se hizo mi hermano esa arma, pero ahora dicen que él mato a las personas en la estancia con esa arma, pero yo no vi eso, es todo."
22.-) Cursa al folio 38 declaración de JORGE LEONARDO COLMENAREZ MENDEZ, quien manifestó entre otras cosas: "...como a las cuatro horas de la madrugada, mientras bailaba se escucharon unos tiros, dentro de la tasca, cerca de la barra..."
23.-) Cursa al folio 39 declaración de LILA ROSIBEL GOMEZ, quien entre otras cosas dijo: " ...estaba en la Tasca la Estancia cuando veo que Horacio estaba peleando con un muchacho que se llma Javier por una gorra...eso ocurrió adentro de la tasca...como a las tres horas y treinta minutos de la madrugada WILSON RAFAEL, apodado Willy, comenzó a disparar contra Javier y las personas que estaban con él, entonces yo al ver esto salí corriendo y quedaron dentro de la tasca Heridos Javier otro que andaba con él que la hermana se llama Jennifer..."
24.-) Cursa al folio 40 declaración de MARCO JOSE GARCIA, quien manifestó entre otras cosas: "...cuando voy llegando a la Tasca la Estancia, me encuentro a Jennifer llorando y me dice que habían tiroteado a Luis Alberto y a Glendys Javier Pérez, entonces me asomo en la Tasca y estaba heridos esos dos muchachos hieros, pero llegaron muertos allá, es todo."
25.-) Cursar al folio 41 declaración de YANETZI ANDREINA CEBALLOS ORTEGA, quien expuso entre otras cosas: " Yo estaba en la Tasca la Estancia, de repente hubo un tiroteo y un muchacho que le dicen WILLY, saco un revolver y comenzó a disparar contra Luis Alberto y Javier, que le dicen CACHETE, entonces yo me metì para el baño cuando pasaron los disparos yo salí y estaban Luis Alberto y Javier tirado en el piso heridos..."
25.-) Cursa al folio 42 de aclaración de YENNIFER CAROLINA HERNANDEZ RODRIGUEZ, quien manifestó entre otras cosas: "...vine a este Despacho con la finalidad de averiguar como iba el caso sobre la muerte de mi hermano Luis Alberto Hernández Rodríguez y de mi primo Glendys Javier Pérez Hernández, y cuando entro veo sentado en una silla a la persona que disparó contra mi hermano, entonces le informè al funcionario del caso que el sujeto que estaba sentado en la silla era la persona que habìa matado a tiros a mi hermano Luis Alberto; entonces lo agarraron y lo metieron para una oficina..."
26.-) Cursa al folio 43 declaraciòn de MARIA ANGELIA GARCIA URQUIOLA, quien dijo lo siguiente: "...cuando vemos sentado en una silla a unas de las personas que disparò contra los muchachos muertos, entonces Yennifer lo reconociò al igual que yo y le dijimos al funcionario que tiene el caso, de ahì loagarraron y lo metieron para una oficina..."
27.-) Consta al folio 44 Acta de Investigaciòn, suscrita por el funcionario RICO TARAZONA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas, donde deja constancia entre otras cosas: "...me trasladè hasta el Barrio Capuchino, con la finalidad de ubicar a la persona mencionada en actas anteriores como Jean Carlos Godoy...procedimos a interceptarlo...procedimos a trasladar al mismo a este Despacho...se hicieron presente a esta Oficina las ciudadanas Garcia Urquiola Marìa Angelica y Hernandez Rodrìguez Yennifer Carolina...quienes...me informaron, señalando al ciudadano...como una de las personas que dispararon consta los hoy occiso..."
28.-) Consta al folio 45 Acta de Imposición de Derecho y nombramiento de abogado del ciudadano DOGOY AMAYA, firmada por el mismo.
29.-) Cursa al folio 49, Autopsia Nº 212-04, correspondiente al ciudadano quien en vida respondiera al nombre de Luis Alberto Hernández, donde en sus conclusiones deja constancia: Múltiples Heridas producidas por disparos de arma de fuego, zona abdominal y cráneo. LESIONES: Fractura de maxilar inferior, perforaciones en Pulmones, hígado, aorta y abdominal, vena cava inferior.. CAUSA DE LA MUERTE: Hemorragia interna Shock Hemorragico.
30.-) Cursal al folio 50, Autopsia Nª 213-04, correspondiente al ciudadano quien en vida respondiera al nombre de Glendy Javier Pèrez Hernandez, donde en sus conclusiones deja constancia: Heridas producidas por disparos de arma de fuego toraco abdominales, LESIONES: PERFONACIONES EN CORAZÒN, CONTUSIÒN PULMONAR, PERFORACION GASTRICA Y EN COLON. CAUSAS E MUERTE. Hemorragia interna. Shock Hemorragico.
31.-) Con la declaración de ROSELINA PEREZ TORRES, cursante al folio 58, quien entre otras cosas manifestò:...estaba en la Tasca la Estancia...hubo un problema por una Gorra...Horacio sacò un revòlver y me lo va a dar a mi, yo le dije que no y se lo paso a Yajaira, pero no llegò la Policìa...Jean Carlos Godoy ...Willy..Se fueron hacia los lados del baño, donde estaban Luis y otro muchacho a quien le habìa quitado la gorra y comenzaron a disparar Jeancarlos y Willy, contra los muchachos, esos, yo cuando veo eso salgo corriendo hacia la parte de afuera..."
32.- Con la declaración de PABLO RAMON URQUIOLA GARCIA, cursante al folio 59, quien manifestò entre otras cosas: "...estaba en la Tasca la Estancia...de repente se formò un tiroteo cerca del baño y le dieron unos tiros a Luis Alberto y a Glendy Javier..."
33.-) Con la declaraciòn de JOSE VIDAL PALACIO MUÑOZ, cursante al folio 60, quien expuso entre otras cosas: "...yo estaba en la Tasca la Estancia de esta ciudad...cuando escucho unos disparos dentro de la tasca y salgo corriendo de la misma...y es cuando veo que sacaron muertos a Luis Alberto y Glendy Javier y se los llevaron para el hospital..."
Así mismo la representación Fiscal ofreció como medios de pruebas los siguientes:
De conformidad con lo previsto en el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal a los EXPERTOS:
1.- BETZAIDA SEQUERA y/o ARMANDO DE LA ROSA, Funcionarios Adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, subdelegación Acarigua, donde puede ser citados, ya que los mismos practicaron Inspección Ocular N° 1815, a los cadáveres de quienes en vida respondiera a los nombres GLENDY JAVIER PEREZ y LUIS ALBERTO HERNANDEZ RODRIGUEZ, e Inspección Ocular N° 1816, al sitio donde ocurrieron los hechos.
2.- Dra. EVA DURAN BLANCO, Médico Anatomopatólogo Forense, adscrito a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, subdelegación Acarigua, donde puede ser citada, ya que la misma practicó el Protocolo de Autopsia N° 212-04 y 213-04 a los hoy occisos GLENDY JAVIER PEREZ y LUIS ALBERTO HERNANDEZ RODRIGUEZ.
3.- REINA J ZERPA, Funcionario Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, subdelegación Acarigua, donde puede ser citada, ya que la practico Inspección Ocular N° 658 y 656, a los proyectiles extraídos a los hoy occisos de quienes en vida respondiera a los nombres GLENDY JAVIER PEREZ y LUIS ALBERTO HERNANDEZ RODRIGUEZ.
4.- LUIS ANTONIO CASTILLO, Funcionario Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, subdelegación Acarigua, donde puede ser citados, ya que el mismo practico EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO Y COMPARACIÓN BALISTICA a cinco (05) proyectiles y EXPERTICIA DE CONOCIMIENTO TECNICO N° 685-A Y 685.
5.- DR. SARMIENTO LUIS, Médico Forense III, adscrito a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, subdelegación Acarigua, donde puede ser citado, ya que el mismo practicó el Levantamiento del cadáver de los hoy occisos GLENDY JAVIER PEREZ y LUIS ALBERTO HERNANDEZ RODRIGUEZ.
6.- JUAN RODRIGUEZ, Funcionario Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, subdelegación Acarigua, donde puede ser citados, ya que el mismo practico TRAYECTORIA BALISTICA N° 692.
Pruebas estas que se admiten a los fines de que depongan los Expertos en el Juicio Oral y Público sobre las Experticias, Informes y Actas suscritas, por ser útiles, pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de la verdad y alos fines de ser sometidos al contradictorio.
De conformidad con lo previsto en el artículo 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal a los TESTIGOS:
1.- YENNIFER CAROLINA HERNANDEZ RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, Estudiante, Titular de la Cédula de Identidad N° 19.032.041, Residenciada en la Urbanización Baraure 4, Avenida dos, sector 03, casa N° 49, Araure Estado Portuguesa, donde puede ser citada en calidad de Testigo Presencial.
2.- MARIA ANGELICA URQUIOLA GARCIA, Venezolana, mayor de edad, Oficio del Hogar, Titular de la Cédula de Identidad N° 17.946.789, Residenciada en la Urbanización Baraure 4, sector 03, vereda 21 con 26, casa N° 05, Araure Estado Portuguesa, donde puede ser citada en calidad de Testigo Presencial.
3.- YUSLEIDYS ANAIS RIVAS, Venezolana, mayor de edad, Estudiante, Titular de la Cédula de Identidad N° 20.642.023, Residenciada en el Barrio Coromoto, calle 16 y 32, casa N°63, Villa Araure Estado Portuguesa, donde puede ser citada en calidad de Testigo Presencial.
4.- RAFAEL ANTONIO JUAREZ ALVAREZ, Venezolano, mayor de edad, Estudiante, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.844.338, Residenciada en el Barrio capuchino calle principal, casa N° 06detras de Fonalit, Araure Estado Portuguesa, donde puede ser citada en calidad de Testigo Presencial.
5.- JESUS ARMANDO ALZURU JIMENEZ, Venezolano, mayor de edad, Animador, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.042.041, Residenciada en la calle 21, casa N° 29, frente al Hotel Araure del Estado Portuguesa, ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
6.-FRANCISCO ANTONIO GALLARDO RAMOS, Venezolano, Soltero, Mayor de edad, de profesión u oficio Administrador del lugar, Titular de la Cédula de Identidad N° 12.447.895, residenciado en el barrio Malave Villalba, calle 09, callejón 01, casa N° 09, Acarigua Estado Portuguesa, donde puede ser citado ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
7.-DIANA CAROLINA PEREZ PEÑA, Venezolana, mayor de edad, Oficio Mesonera, Titular de la Cédula de Identidad N° 19.799.927, Residenciada en la Urbanización Tricentenaria ( Funda barrios), Manzana F9, casa N° 14, Araure Estado Portuguesa, donde puede ser citada ya que la misma se encontraba en el lugar de los hechos.
8.- NELO GALINDEZ RICHARD RAMON, Venezolano, Soltero, Mayor de edad, de profesión u oficio Mesonero, Titular de la Cédula de Identidad N° 14.062.399, residenciado en el barrio la Democracia, calle 03, con Avenida 01, casa N° 09, Acarigua Estado Portuguesa, donde puede ser citado ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
9.- JHON MILTON RAMIREZ GARCIA, Colombiano, Soltero, mayor de edad, Profesión u Oficio Portero de la tasca, Titular de la Cédula de Identidad N° E- 82.284.340, residenciado en el Barrio Paraguay, calle 28, entre avenidas 38 y 39, casa N° 38-17, Acarigua, Estado Portuguesa, donde puede ser citado ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
10.- RENNY ANTONIO MENDOZA VENTURA, Venezolano, Soltero, mayor de edad, Profesión u Oficio Mesonero, Titular de la Cédula de Identidad N°15.071.867, residenciado en el Barrio Capuchino, calle Principal, callejo 04, casa N° 48, Acarigua, Estado Portuguesa, donde puede ser citado ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
11.- OSCAR ALEXANDER LANDAETA TORREALBA, Venezolano, Soltero, mayor de edad, Profesión u Oficio Personal de Seguridad, Titular de la Cédula de Identidad N°12.088.372, residenciado en la Avenida 34, entre calles 26 y 27, casa S/N°, Acarigua, Estado Portuguesa, donde puede ser citado ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
12.- YAJAIRA DEL CARMEN PEREZ CATARI, Venezolana, mayor de edad, Oficio Estudiante, Titular de la Cédula de Identidad N°19.637.713, Residenciada en la Urbanización Baraure II, sector 08, calle 11, casa N° 75, Araure Estado Portuguesa, donde puede ser citada ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
13.- WILMER ENRIQUE MORALES LOVERA, Venezolano, mayor de edad, Estudiante, Titular de la Cédula de Identidad N°17.945.193, Residenciada en el Barrio Capuchino, calle 01, entre avenidas 1 y 2, casa N° 16, Araure Estado Portuguesa, donde puede ser citado ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
14.- JORGE LEONARDO COLMENAREZ MENDEZ, Venezolano, mayor de edad, de Profesión u Oficio, Mesonero, Titular de la Cédula de Identidad N° , Residenciada en el Barrio Capuchino, calle 01, entre avenidas 1 y 2, casa N° 16, Araure Estado Portuguesa, donde puede ser citado ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
15.- LILA ROSIBEL GOMEZ, Venezolana, mayor de edad, Estudiante, Titular de la Cédula de Identidad N° 20.271.518, Residenciada en el Barrio Capuchino, calle 01, detrás de la Escuela, sector los terrenos, último racho, Estado Portuguesa, donde puede ser citada ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
16.- MARCOS JOSE GARCIA, Venezolano, mayor de edad, Obrero, Titular de la Cédula de Identidad N°14.346.535, Residenciada en la Urbanización Baraure 4, sector 3, vereda 21 con 26 casa N° 11, Araure Estado Portuguesa, donde puede ser citado ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
17.- YANETSI ANDREINA CEBALLOS ORTEGA, Venezolana, menor de edad, Estudiante, Titular de la Cédula de Identidad N° 20.646.378, Residenciada en la Urbanización Baraure 3, sector 9, vereda 13, calle 10, Araure Estado Portuguesa, donde puede ser citado ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
18.- ROSALINA PEREZ TORREA, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.860.627, Residenciada en el Barrio Capuchino, sector los terrenos,, callejón único, casa S/N°, Araure Estado Portuguesa, donde puede ser citado ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
19.- PABLO RAMON URQUIOLA GARCIA, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 20.642.562, Residenciada en la Urbanización Baraure 4, sector 3, vereda 21 con 26, casa N° 16 Araure Estado Portuguesa, donde puede ser citado ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
20.- JOSE VIDAL PALACIO MUÑOZ, Venezolano, mayor de edad, Obrero, Titular de la Cédula de Identidad N° 19.053.909, Residenciada en la Venezolano, mayor de edad, Estudiante, Titular de la Cédula de Identidad N°17.945.193, Residenciada en la Urbanización Baraure 4, sector 3, vereda 21 con 26, casa N° 02 Araure Estado Portuguesa, donde puede ser citado ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
21.- ROSALIA DEL VALLE QUINTERO PIMENTEL, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N°16.966.653, Residenciada en la Urbanización Baraure 4, sector 3, vereda 26, casa N° 16 Araure Estado Portuguesa, donde puede ser citado ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
22.- JONATHAN ESTEBAN RODRIGUIEZ CASTILLO, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.862.481, Residenciada en EL Barrio capuchino Avenida Principal, con callejón 01, casa N° 182 de Araure Estado Portuguesa, donde puede ser citado ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
23.- MARIA MILEISY MENDOZA, Venezolana, menor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 20.025.264, Barrio Capuchino calle principal con callejón 1 frente a la Escuela Casa N° 182 de Araure estado Portuguesa, donde puede ser citado ya que el mismo se encontraba en el lugar de los hechos.
Testimoniales promovidas por el Ministerio Público que son admitidas por ser útiles, pertinentes y necesarias para el esclarecinmiento de la verdad, por cuanto las deposiciones de los mismos en el Juicio Oral y Público son determinantes ante su condición de testigos presenciales y referenciales de los hechos en los cuales resultaron muertas las víctimas y que dan certeza de culpabilidad del imputado de autos.
PRUEBAS DOCUMENTALES:
1.- INSPECCIÓN OCULAR N° 1815, Practicada a los cadáveres de los occisos, GLENDY JAVIER PEREZ y LUIS ALBERTO HERNANDEZ RODRIGUEZ. (Folios 5 Vto).
2.- INSPECCION OCULAR N° 1816, practicada al lugar donde ocurrieron los hechos, (folios 13 Vto).
3.- COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE DEFUNCION N° 258 Y N° 259 correspondientes a los cadáveres de los ciudadanos GLENDY JAVIER PEREZ y LUIS ALBERTO HERNANDEZ RODRIGUEZ. (folios 115 y 116).
Se adsmiten las pruebas documentales antes enunciadas a los fines de que sean exhibidas o puestas de manifiesto alos expertos y funcionarios que la suscriben, para el reconocimiento en su contenido y firma y para deponer y debatir lo en ellas reflejado.
La defensa del Acusado: JEANCARLOS ANTONIO GODOY AMAYA, Abg. ANDRES DUARTE, rechazó en todas sus partes la Acusación por el delito de Homicidio Simple, ya que no existe elementos serios para demostrar la responsabilidad en el Juicio Oral y Público de su defendido, igualmente manifestaron que se acogían al beneficio de la comunidad de la prueba.
Ahora bien, vista la manifestación del imputado de autos, de No querer declarar, una vez impuestos del precepto Constitucional, de conformidad con el artículo 49, ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, así como las exposiciones de la defensa, quien rechazo en toda y cada una de sus partes la Acusación Fiscal; este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N°.: 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, ADMITE TOTALMENTE la Acusación del Ministerio Público, en contra del imputado: JEANCARLOS ANTONIO GODOY AMAYA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal, en perjuicio de: GLENDY JAVIER PÉREZ HERNÁNDEZ (OCCISO) y LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (OCCISO), por cuanto cumple con los requisitos exigidos en el Artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, por haber quedado demostrada la participación del acusado en el delito al que se le atribuye su autoría, en virtud de ser contestes los testigos: YENNIFER CAROLINA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, MARÍA ANGELICA URQUIOLA GARCIA, RENNY ANTONIO MENDOZA VENTURA, YAJAIRA DEL CARMEN PÉREZ CATARI, WILMER ENRIQUE MORALES LOVERA, ROSALINDA PÉREZ TORRES y ROSALIA DEL VALLE QUINTERO PIMENTEL de que el imputado en compañía de WILSON MORALES apodado WIL, adminiculado al contenido de las Actas y las Experticias que integran la presente causa, donde se deja constancia de las circunstancias de modo, tiempo y lugar como ocurrieron los hechos en los que se produjo la muerte de las víctimas y la detención del imputado. Así mismo se admiten parcialmete los medios probatorios ofrecidos, en cuanto a los testigos, por cuanto se excluyen la declaración de los Ciudadanos: JAICKER GREGORIO URANGA RAMOS y CARMEN AIDE RODRÍGUEZ, por cuanto nada aportan acerca de los hechos que causaró la muerte de las víctimas y que puedan vincular al imputado, se admiten en su totalidad loe Expertos y las Documentales ofrecida por el Ministerio, por cuanto las mismas son pertinentes, útiles y necesarias para determinar la culpabilidad del Acusado de conformidad con el contenido de las Actas y Experticias que sustentan la Acusación Fiscal y que deben ser sometidas al contradictorio en el Juicio Oral y Público.
Igualmente, se le impuso al acusado de las Formas Alternativas a la prosecución del proceso penal, como lo es la suspensión condicional del proceso, el cual no es procedente por la entidad del delito y la pena que podría llegar a imponérsele en la presenta causa, y el procedimiento por Admisión de los Hechos que si procede explicándole el sentido y alcance del mismo, manifestando el acusado libre de coacción alguna que No admitir los hechos de los que se le acusa, por lo que en consecuencia se Ordena la Apertura a Juicio Oral y Público al acusados: JEANCARLOS ANTONIO GODOY AMAYA, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N°.: 11.850.044, Fecha de Nacimiento 01/10/70, Domiciliado en el Caserío Los Tanques, Calle Principal, Casa S/N, Araure, Estado Portuguesa, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal, en perjuicio de: GLENDY JAVIER PÉREZ HERNÁNDEZ (OCCISO) y LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (OCCISO). Se acuerda que se mantenga la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del acusado, por cuanto las circunstancias que la originaron no han cambiado,admitida la Acusación y los Medios de Prueba enunciados e impuesto el Acusado de las formas alternativas ala prosecusión del Proceso.
DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de control N°.: 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO del ya Acusado: JEANCARLOS ANTONIO GODOY AMAYA, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N°.: 11.850.044, Fecha de Nacimiento 01/10/70, Domiciliado en el Caserío Los Tanques, Calle Principal, Casa S/N, Araure, Estado Portuguesa, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal, en perjuicio de: GLENDY JAVIER PÉREZ HERNÁNDEZ (OCCISO) y LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (OCCISO), se mantiene la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada en su oportunidad por este Tribunal.
Se ordena remitir las presentes actuaciones al Juez de Juicio que corresponda por distribución el conocimiento de la presente causa. Ofíciese lo conducente.
EL JUEZ DE CONTROL N°.: 01
Abg. FÉLIX MONTES DÁVILA
LA SECRETARIA
Abg. HEEMERY HERNANDEZ HIDALGO