REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 26 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-S-2004-007777
Visto como ha sido el escrito presentado por el Abg. MOISES RAUL CORDERO MENDEZ, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal en virtud del cual solicita la Libertad Plena del ciudadano ORLANDO NICOLAS BRACHO, venezolano, soltero, portador de la cédula de Identidad No. 12.710.248, de 28 años de edad, residenciado en la la Avenida 07, vereda 03, Casa Sin Número, de la Urbanización Durigua III, Acarigua, Estado Portuguesa. Este Tribunal para decidir observa:

La legitimación activa para solicitar la imposición de cualquier medida respecto al imputado corresponde al Ministerio Público, como titulares de la acción penal pública que tiene ese órgano en virtud de los artículos 11 y 24 del Código Orgánico Procesal Penal, y no pudiendo el Tribunal disponer de otra medida si el Ministerio Público no lo solicita, es por lo que se Acuerda la LIBERTAD INMEDIATA solicitada para el Ciudadano: ORLANDO NICOLAS BRACHO ya identificado, por cuanto a mismo le incautaron Un (01) Arma de fuego, tipo Chopo, arma que no se encuentran señaladas como prohibida en la Ley de Arma de Fuego y Explosivos y su Reglamento.


DISPOSITIVA

Por los motivos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA del Ciudadano: ORLANDO NICOLAS BRACHO ya identificado. Librese lo conducente.
La Juez de Control N° 2

Abg. Nélida Iris Contreras Araujo


La Secretaria

Abg. Edilmar Rangel