REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL N° 01
Guanare, 06 de octubre de 2004
194° y 145°


Visto el acuerdo celebrado por los ciudadanos ALEXIS ANTONIO RODRIGUEZ ROMERO y ELIZABETH JIMENEZ BERRIOS, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con Competencia en Materia de Protección del Niño y del Adolescente y ratificada en esa misma fecha por ante la sala de este Tribunal, sobre el establecimiento de obligación alimentaria del ciudadano ALEXIS ANTONIO RODRIGUEZ ROMERO en beneficio de su hija la niña María Isabel Rodríguez Jiménez, donde el padre se compromete a suministrar la cantidad de 50.000 bolívares mensuales, los cuales le hará entrega a la madre previo recibo firmado; así como también se obliga realizar erogación por concepto de compra de útiles escolares en el mes de septiembre y en el mes de Diciembre calzados y vestuarios por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

La Jueza,

Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez

La Secretaria,

Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Exp. Civil N°4557
Carolina E.