REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. Acarigua, 13 de Septiembre de 2004.
194° y 145°
Vista Dación de Pago celebrado entre la ciudadana: ANGELA MARIA TORRES TORRES, asistida por el Abg. MARLUIN TOVAR RODRIGUEZ, y los ciudadanos: KAMAL JOSE ZOGHBI HERRERA y REYES ANANIAS ABARCA HURTADO, en su condición de accionistas y propietarios del 100% del capital social de la sociedad mercantil INVERSIONES TORRES C.A., y el ciudadano RAFAEL ARIAS MAUQUERT, por ante la Notaría Pública Primera de Acarigua, en fecha 07 de Septiembre de 2004, bajo el N° 65, Tomo 100, el Tribunal HOMOLOGA el mismo en los términos allí expuesto.
Se ordena la suspensión de la medida preventiva de embargo decretada en fecha 19 de Mayo de 2004, y participada con oficio N° 0850-636 al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y practicada por el mismo en fecha 17-06-2004. Ofíciese lo conducente a la Depositaria Judicial Portuguesa. Líbrese oficio.
Se ordena el archivo definitivo del expediente.
El Juez Temporal,

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria,
(fdo)
Abg. Nancy G. de González
Seguidamente se libró oficio N° 0850-1.203. Conste.