REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE.
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-
Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación
Vista la diligencia estampada en fecha 31 de agosto de 2004, por la Abogado MARÍA MAGDALENA AGÜERO, en su carácter de Defensor Judicial de “Azucarera la Yaguara C.A.”, en la que manifiesta que los expertos están en la espera de los documentos sobre los cuales se realizó la revisión (sic) de los ingresos del Kiosko denominado El Mesón de la Carne, realizado por la Lic. VICENTA COLMENAREZ, este Tribunal fija un lapso de cinco (5) días a fin de que la parte actora suministre la documentación referida. De vencerse dicho lapso sin que se produzca tal consignación o bien sea que los documentos consignados no sean suficientes, los expertos deberán realizar la estimación de los ingresos, con base a los ingresos promedio de los establecimientos que funcionan en el área donde funcionaba “El Mesón de la Carne”. Una vez vencido el lapso aquí acordado, comenzará a correr el lapso de diez (10) días de despacho para que los expertos consignen el respectivo informe.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Acarigua, a los dos (02) días del mes de septiembre de dos mil cuatro.-
El Juez Temporal

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria

Nancy Galíndez de González