REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL N° 02

Guanare, 14 de Septiembre de 2004
194° y 145°


Vista la conciliación celebrada entre las partes DARWIN FRANCISCO DIAZ MARTINEZ Y YAJAIRA MARIA D SANTIAGO LOPEZ, por ante la Fiscalia Cuarta del Ministerio Público con Competencia en Materia de Protección del Niño del Adolescente y ratificada por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre el establecimiento de la Obligación Alimentaría del ciudadano DARWIN FRANCISCO DIAZ MARTINEZ en beneficio de su hijo RONALD ALEXANDER DIAZ D SANTIAGO, de 15 años de edad, la cual ha sido fijada en la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,oo), mensuales, en cuanto a los gastos de vestuario, calzado, útiles y uniformes escolares serán compartidos por ambos; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del adolescente, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; se acuerda aperturar cuenta de ahorro a nombre del adolescente y a la orden de este Tribunal.

El Juez Temporal,


Abog. Cesar Augusto Dávila Montilla

La Secretaria,


Abog. Florbelia Urquiola Corona
Exp. Civil Nº 4494/Amny.-