REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
PORTUGUESA
Jueza Unipersonal No. 01
Guanare, 15 de septiembre de 2004
194° y 145°
Vista el conveniminento efectuado por la ciudadana MARÍA JULIA ALTUVE HIDALGO, en esta misma fecha, sobre el REGIMEN DE VISITAS, del Ciudadano: JUAN CARLOS ANDRADE ANDRADE, en beneficio de su hijo JEAN CARLOS ANDRADE ALTUVE y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera el derecho del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Jueza,
Abog. Haydeé Rosa Oberto Yépez
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Exp. Civil Nro. 4463
HROY/EMJV/Oswaldo H.-