REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Guanare; 20 de Septiembre del 2004
194º y 145º
Vista el convenimiento celebrado entre los ciudadanos JAVIER SEGUNDO RIVAS UZCATEGUI Y ARGELIA MARGARITA JUSTO HERNANDEZ, en esta misma fecha por ante la sala de este Tribunal, sobre el establecimiento de REVISION DE OBLIGACION ALIMENTARIA, los padres en beneficio de su hija REBECA ANDREINA, por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte su Homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente; así mismo se acuerda la apertura de una cuenta de ahorro a nombre de la prenombrada niña y a la orden de este Tribunal.
La Juez,
Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez
La Secretaria,
Abog. Elsy Moriama Jurado Verde
HROY/Mery S.
EXP. Nº 4513