REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Guanare; 21 de Septiembre del 2004
194º y 145º

Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos JOSE GREGORIO SALGADO RUIZ Y VIRNA SHIRLEY OCHOA PAREDES, en esta misma fecha por ante la sala de este Tribunal, sobre el establecimiento de REVISION DE OBLIGACION ALIMENTARIA, del padre en beneficio de su hija YISVIELYS DAYERLYN SALGADO OCHOA, por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte su Homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente; así mismo se acuerda oficiar al Director General de Personal del Ministerio del Interior y Justicia, ubicado en la Esquina Platanal. Avenida Urdaneta Caracas Distrito Capital, informándole de la modificación de la medida de retención. Líbrese oficio.

La Juez,

Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez

La Secretaria,

Abog. Elsy Moriama Jurado Verde

HROY/Mery S.

EXP. Nº 4479