REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL N° 02
Guanare, 27 de septiembre de 2004
194° y 145°
Visto el acuerdo celebrado por los ciudadanos JOSE EULOGIO RODRIGUEZ e ISBELIA JOSEFINA COLLADO QUIROZ, por ante la sala de este Tribunal, sobre el establecimiento de Revisión de Obligación Alimentaria del ciudadano JOSE EULOGIO RODRIGUEZ en beneficio de su hijo el niño José Isaac Rodríguez Rojas, donde el padre se compromete a sufragar el 50% de los gastos médicos, medicinas, vestuarios, calzados, educación entre otros del referido niño, ya que el referido ciudadano tiene la guarda de las niñas Islenis Esther Rodríguez Collado y María Rebeca Rodríguez Collado y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
El Juez Temporal,
Abog. César Augusto Dávila Montilla
La Secretaria,
Abog. Florbelia Urquiola Corona
Exp. Civil N°4538/Carolina E.