REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En el día de hoy, siendo la oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la practica de la medida, se trasladó y constituyó el Juez Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta del Estado Lara, Dr. HILARIÓN A. RIERA BALLESTERO, con su Secretario Temporal RICHARD O. LAYA V. en la dirección: indicada en acta, a solicitud de parte conforme a lo dispuesto en el Artículo 591 del Código de Procedimiento Civil, en compañía de los Apoderados Actores, a fin dar fiel y estricto cumplimiento a la Comisión emanada del Juzgado Tercero Del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en juicio en el cual decretó: Medida de Embargo Preventivo, una vez en en lugar antes indicado fuimos informados que en esta dirección no es el domicilio del demandado razón por la cual la Parte Actora solicita suspender la práctica de la medida para una nueva oportunidad y se reserva el derecho de embargar bienes de la demandad es todo.