REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
PORTUGUESA.



Guanare, 13 de Abril de 2005
194° y 146°


Visto el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano NELSON JOSE CARREÑO DÍAZ, asistido por su apoderado judicial Abogado OTONIEL RAFAEL GARCIA CASTRO, en fecha 13-12-2004, en contra del auto dictado en fecha 08-12-2004, por el Juzgado de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de la entrega del maíz formulada por el mencionado ciudadano NELSON JOSE CARREÑO DÍAZ y se ratificó la orden de entrega del mismo a la Empresa Anca C.A.

PRIMERO: Que el recurso de apelación fue interpuesto por las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es el solicitante del producto decomisado (Maíz). SEGUNDO: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente. TERCERO: Que la decisión que se apela es recurrible, según lo dispone el Artículo 447 numeral 5° del Código Orgánico Procesal Penal Vigente. En consecuencia, estando llenos los extremos legales, antes señalados, por mandato del Artículo 450 ejusdem, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano NELSON JOSE CARREÑO DÍAZ, asistido por su apoderado judicial Abogado OTONIEL RAFAEL GARCIA CASTRO, debe ser declarado ADMISIBLE. ASÍ SE DECIDE.



DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: ADMISIBLE el recurso de apelación, interpuesto por el ciudadano NELSON JOSE CARREÑO DÍAZ, asistido por su apoderado judicial Abogado OTONIEL RAFAEL GARCIA CASTRO, en contra del auto dictado en fecha 08-12-2004, por el Juzgado de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de la entrega del maíz formulada por el mencionado ciudadano NELSON JOSE CARREÑO DÍAZ y se ratificó la orden de entrega del mismo a la Empresa Anca C.A.

El Juez de Apelación Presidente,

Joel Antonio Rivero.
Ponente

La Juez de Apelación, La Juez de Apelación,

Moraima Look Roomer. Clemencia Palencia García.

El Secretario,

Giuseppe Pagliocca..

EXP N° 2414-05.
JAR/ta.