REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE EJECUCION

Guanare, 04 de Abril de 2005
Años: 194° y 145°

CAUSA E1-866-05

Recibida como ha sido la presente causa, seguida contra el ciudadano LUIS ENRIQUE VILLAS SEPÚLVEDA, venezolano, natural de San Antonio, Estado Táchira, nacido el 01 de Septiembre del año 1.972, de 32 años de edad, soltero, almacenista de alimentos, identificado con cédula N° 11.024.732, residenciado en el barrio Santo Domingo, parte alta, calle principal, casa número 125, Municipio Revenca, Estado Aragua, por la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de la sociedad y el Estado Venezolano procedente, del Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 2 y observándose que a los fines de la Ejecución la sentencia ésta es de naturaleza absolutoria, por lo que es procedente el archivo definitivo de la presente causa, puesto que la destrucción de la sustancia incautada procede sólo para el caso de que el Tribunal así lo haya dictaminado de conformidad con a la sentencia N° 1.776 de fecha 25 de Septiembre del año 2.001 y 2.720 de fecha 04 de Noviembre del año 2.002 del Tribunal Supremo de Justicia y a solicitud del Ministerio Público, así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. En consecuencia ofíciese lo conducente al archivo judicial. Notifíquese a las partes y líbrese oficio. Anótese su salida. Cúmplase.
La Juez de Ejecución N° 1

Abg. Carmen Zoraida Vargas López
La Secretaria,

Abg. Reyna Rangel

Seguidamente se cumplió. Conste.

La Secretaria,