REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE EJECUCION


Guanare, 11 de abril de 2005
194° y 146°

N° 18
CAUSA N° 2E-21-99
REQUISITORIA
HACE SABER
Que en la causa seguida por este Tribunal contra el ciudadano LOPEZ GARCIA CHEILA LUZDELY, por el delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, en virtud de habérsele revocado el Beneficio de Confinamiento en fecha 02/06/2004 por el Juzgado de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, se acuerda enviar copia de ella a los Órganos de Investigaciones Penales, al Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura a los fines de su publicación.
DATOS FILIATORIOS
 APELLIDOS Y NOMBRES: LOPEZ GARCIA CHEILA LUZDELY
 CEDULA DE IDENTIDAD: V-11.554.576
 LUGAR DE NACIMIENTO: SAN CRISTOBAL ESTADO TACHIRA
 FECHA DE NACIMIENTO: 14 DE ABRIL DE 1972; HIJA DE BETTY GARCÍA Y ÁNGEL LÓPEZ.
 DIRECCIÓN DE HABITACIÓN: SECTOR LOS MANGOS, CALLEJON RIVAS, CARRETERA NEGRA, CASA 31-B, LA VEGA CARACAS AREA METROPOLITANA.
 TRIBUNAL SOLICITANTE: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGGUESA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN N° 02
Por lo tanto las autoridades Civiles, Militares y Judiciales que la presente vieren, le darán estricto cumplimiento y lograda la captura del penado antes identificado, se servirá enviarlo con las seguridades del caso al Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales con sede en la ciudad de Guanare, Estado Portuguesa.

Dado, firmado, sellado y refrendado el presente mandato judicial en la Sala de Audiencia del Juzgado de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. En Guanare, a los Once días del mes de Abril del año 2005.

El Juez de Ejecución N° 2,


Abg. Evelio de Jesús Viloria
El Secretario,

Abg. Juan Alberto Valera.
EdeJV/ncgp