Vista la solicitud interpuesta por la Fiscal Quinta del Ministerio Público ABG. MARIA GABRIELA MAGO NAVARRO, mediante la cual solicita de este Tribunal sea decretado el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa, la cual se le sigue al Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, en virtud de que el mencionado Adolescente ha cumplido en el lapso establecido con las Obligaciones Impuestas en Audiencia de Conciliación de fecha 23-07-2002.

Este Tribunal para decidir Observa:

Que en fecha 23-07-2002, fue homologado por este Tribunal de Control N° 02, a cargo de la Juez Provisorio Abg. Mashiadys Rojas Jaime, el Acuerdo Conciliatorio en la presente causa imponiéndose al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA las siguientes Obligaciones:

1.- La obligación de asistir a la consulta Psicológica y psiquiátrica a través del Equipo Técnico Multidisciplinario de este Sistema Penal, por el lapso que ellos consideren necesario.

2.- La Obligación de continuar la escolaridad para lo cual deberá consignar Constancia de estudio ante el Tribunal.

Dicho Acuerdo Conciliatorio fue cumplido en su totalidad por el mencionado Adolescente tal como consta de:

- Constancias de Estudios, de fecha 22-07-03, remitidas por el Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a este Sistema Penal, las cuales corren insertas a los folios 81 y 82 de la presente causa.

- Informes emanados del Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a este Sistema Penal donde señalan la asistencia del adolescente a consultas terapéuticas.

Ahora bien, constatado como ha sido el cumplimiento, por parte del mencionado Adolescente de las Obligaciones impuestas y visto lo solicitado por la Representación Fiscal, es por que este Tribunal de Control N° 02 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda Decretar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y así se decide. Notifíquese a las partes de la presente decisión.