REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, 05 de abril de dos mil cinco
194º y 146º

ACTA
ASUNTO: PP01-L-2005-000051
PARTE ACTORA: Graciela del Carmen Argonis, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.964.052, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: Alejandro Ramón Pérez Crespo, venezolano, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad N° 4.353. 877, identificado con matricula de Inpreabogado N° 95.018.
PARTE DEMANDADA: José Gregorio Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.129.155, de este domicilio.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Alexis Silvio Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.039.341, identificado con matricula de Inpreabogado bajo el N° 16.277.
MOTIVO: Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.

Hoy 05 de abril de 2005, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, el Alguacil anunció el acto en la Sala de espera de este Circuito Judicial, constatando la presencia del abogado Alexis Silvio Pérez, apoderado judicial del demandado, ciudadano José Gregorio Hernández y la incomparecencia de la demandante, ciudadana Graciela del Carmen Argonis, quien no se presenta, ni por si ni por medio de apoderado judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 194° y 146°.
La Juez

Abg. Carmen Luisa Iglesias Aguiar

Apoderado Judicial del Demandado

Abg. Alexis Silvio Pérez





La Secretaria

Abg. Tahiry Prieto Zambrano