En fecha 05-08-05, se recibe Acta S/N°, por Régimen de Visita, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, proveniente de la Defensoría Pública de Protección del Niño y del Adolescente Segundo Circuito de este Estado, convenido por los ciudadanos MARIO RAMON ALVAREZ y FLOR ANGEL SANDOVAL, venezolanos, mayores de edad, solteros, de este domicilio, titulares de las Cédulas de identidad números 10.643.451 y 10.644.720, padres de los niños ........, de 6 y 4 años de edad, respectivamente, en donde manifiestan que el padre de dichos pequeños, disfrutará con los mismos, los fines de semana de manera alterna, desde el día sábado a partir de las 8:00Am hasta el día domingo a las 7:00PM, Vacaciones escolares del 15 de Julio al 15 de Septiembre un mes con el padre, el otro con la madre, Semana Santa y Carnaval, en Diciembre 24, 25, 31 y 1° de Enero disfrutarán con sus hijos de manera alterna, el día del padre y de la madre con quien corresponda. Anexaron a la Solicitud fotocopia de las Partidas de Nacimiento números 371 y 645, y fotocopias de las Cédulas de Identidad de los solicitantes.
Se recibe dicho convenio por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 05-08-05 para su respectiva HOMOLOGACION.
Al folio 1 corre inserto Oficio N° DPP-3-153-05; al folio 2 escrito de convenio suscrito por los ciudadanos MARIO RAMON ALVAREZ y FLOR ANGEL SANDOVAL, suscrito ante la Defensoría Pública de Protección del Niño y del Adolescente; a los folios 3 y 4 corren agregadas Partidas de nacimiento de los niños involucrados; a los folios 5 y 6 fotocopias de las Cédulas de Identidad de los solicitantes; al folio y auto de Entrada; al folio 8 auto de ADMISION; al folio 9 corre inserta diligencia de fecha 05-08-05 suscrita por los ciudadanos MARIO RAMON ALVAREZ y FLOR ANGEL SANDOVAL, titulares de las Cédulas de Identidad números 10.643.451 y 10.644.720, respectivamente, ratifican en todas y cada una de sus partes el Acta de REGIMEN DE VISITAS convenida por ellos, y solicitaron al Tribunal se HOMOLOGUE el presente convenimiento.