REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 26 de Agosto de 2005
Años: 195º y 146º

PRINCIPAL: KP01-P-1999-001950
ACUMULADO: KP01-P-1999-002718

Por cuanto se evidencia que el ciudadano ORLANDO ERNESTO JIMÉNEZ GIMÉNEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° 12.432.507, quien fue condenado a cumplir la pena de 08 AÑOS Y 08 MESES DE PRESIDIO, por el delito de ROBO IMPROPIO Y ROBO PROPIO; y por cuanto se evidencia que cursa en el expediente Auto de Actualización del Cómputo con Redención de Pena, mediante el cual se deja constancia que el referido penado cumplió la totalidad de la pena impuesta. En virtud de lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal. Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara la Extinción de la Responsabilidad Criminal, por el cumplimiento de la condena al Penado ORLANDO ERNESTO JIMÉNEZ GIMÉNEZ, ampliamente identificado en autos. Notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Lara. Remítase en su oportunidad las presentes actuaciones al Archivo Judicial del Estado Lara, a los fines de su conservación. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución N° 2

El Secretario
Abog. Blanca Luisa Santana Verenzuela