REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 19 de Diciembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2005-013113
ASUNTO : PP11-P-2005-013113


RESOLUCIÓN JUDICIAL

Vista el escrito, el presentado por la Fiscalía de Transición del Ministerio Público, representado en este acto por la Abg. Elida Vargas donde presenta Acusación en contra de la ciudadana AMARILIS DEL ROSARIO PAÉZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N°V-14.347.715, natural de Acarigua, domiciliado en la Avenida 24, calle 13 y 14, Araure, por estar incurso en la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLECENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánico Sobre la Protección, cometido en perjuicio de la ciudadana LISCANO RODRIGUEZ ELVIS LUCIA.

En fecha 29-11-05, se difiere la primera Audiencia Preliminar por inasistencia de la imputada y las sucesivas audiencia, en fecha 19-12-05 se difiere nuevamente la audiencia por la inasistencia de la imputada, por otra parte, las boletas de notificación suscrita por los alguaciles del Tribunal dejan constancia, que el imputado no residen o cambio de residencia o la dirección que registra en el expediente. El artículo 251 Parágrafo Segundo del Código Orgánico Procesal penal, establece que el imputado debe participar al Tribunal el cambio de domicilio de lo contrario se presume el peligro de fuga, por otra parte, el imputado contumaz, por todas estas consideraciones, este Juzgado considera que lo procedente ordenar la captura para el mencionado imputado.

D I S P O S I T I V A

Por los motives antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 1º, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley Se DECRETA LA ORDEN DE APREHENSIÓN de conformidad con los siguientes artículos: Con el segundo aparte del Art. 243, Art. 262 Ord. 3º; 250 Ord. 1º,2º,3º, todos del código orgánico procesal penal. Para la imputada AMARILIS DEL ROSARIO PAÉZ PÉREZ, titular de la cédula de identidad N°V-14.347.715, natural de Acarigua, domiciliado en la Avenida 24, calle 13 y 14, Araure, por estar incurso en la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLECENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánico Sobre la Protección, cometido en perjuicio de la ciudadana LISCANO RODRIGUEZ ELVIS LUCIA. Se ordena librar Oficios a todos los Cuerpos Policiales del Estado Portuguesa. Remítase las actuaciones a la fiscalia de origen.
EL JUEZ DE CONTROL N° 01

ABG. ANA DILIA GIL
LA SECRETARIA

ABG. SOL DEL VALLE RAMOS