REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 8 de Diciembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-S-2003-003961
ASUNTO : PP11-S-2003-003961

RESOLUCIÓN JUDICIAL

Vista en AUDIENCIA ORAL, realizada con las formalidades de Ley, en virtud, del escrito presentado por la defensor pública. Abg. Fanny Colmenares donde solicita que le sea acordada un LAPSO PRUDENCIAL Y CAMBIO DE MEDIDA de conformidad con el artículo 264 por una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRESENTACIÓN PERIODICA establecida en el artículo 256 ordinal 3° del código orgánico procesal penal, a favor a la imputada: ELYNER DUGARTE MORENO, Venezolana, natural de Araure - Portuguesa, de 35 años de edad, fecha de nacimiento 23-11-6 , estado civil soltera, de profesión u oficio Estudiante, residenciada en la Calle 7 entre Av. 24 y Av.25 N° 24-30 Araure, hijo de Nereida Moreno de Dugarte (d) y Elpidio Dugarte Morales (d), grado de instrucción Tercer Semestre de Mercado Ténica y titular de la Cédula de Identidad N° 8.658.625, por la presunta comisión del delito DE INSTIGACIÓN A DELINQUIR Y EXCITACIÓN A LA DESOBEDIENCIA DE LEY, cometido en perjuicio de el Orden Publico El tribunal para decidir observa:

La defensora pública, quien expuso: En fecha 7 de noviembre del 2003, se le otorgo a mi defendido medida cautelar sustitutiva previstas en los ordinales 3° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal y hasta la presente fecha no se ha presentado acto conclusivo en la presente causa; asimismo señalo que la imputada ha estado cumpliendo fielmente con sus presentaciones y señalo que si era posible se le revisara en este acto el lapso para presentarse a fin de ampliarle el mismo. Posteriormente oída lo manifestado por la Fiscal, señalo en este acto que desistía en este acto de su solicitud de lapso prudencial y solicitaba a la Juez que dejara sin efecto las medidas acordadas en su oportunidad.

La representación fiscal. Abg. Elida Vargas quien manifestó que ella ya había elaborado un acto conclusivo en la presente causa en virtud de que la defensora le ha solicitado a esta Representante Fiscal, específicamente un sobreseimiento, en base a lo señalado en el Artículo 318 Ordinales 4° del Código Orgánico Procesal Penal, el cual será enviado en a este Tribunal en el transcurso del día o a más tardar dos días y solicitó se le pregunte la opinión a la defensa.

Vista y oídas como han sido las partes en esta audiencia este Tribunal de Primera Instancia en Funciones, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRESENTACIÓN PERIODICA establecida en el artículo 256 ordinal 3° del código orgánico procesal penal, a favor de la ciudadana ELYNER DUGARTE MORENO, por la presunta comisión del delito DE INSTIGACIÓN A DELINQUIR Y EXCITACIÓN A LA DESOBEDIENCIA DE LEY. Se ordena oficiar al alguacilazgo a los fines de dejar asentado en los libros, el cese de dicha medida.

LA JUEZ DE CONTROL Nº 1.

Abg. ANA DILIA GIL

EL SECRETARIO

Abg. CESAR A. ZAMBRANO