Visto el convenimiento realizado entre las partes: Abogado Dayana Vivas Guiza y el ciudadano: Pedro José Fernández, respectivamente, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, éste Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el Archivo del presente expediente y así mismo se ordena devolver los efectos cambiarios previo el desglose de los mismo y entregarlos al demandado déjese en su lugar copias fotostáticas certificadas de las mismas.