REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 24 de Enero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : PL11-P-2000-000236
ASUNTO : PL11-P-2000-000236

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia CONDENATORIA, dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Penal del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 28/07/1998, mediante la cual condenó a los ciudadanos WILLIAMS ANTONIO DELGADO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, domiciliado en la Urbanización Durigua II, Acarigua Estado Portuguesa, hijo de Vilma Sánchez y de Hector Delgado, nacido en Cabimas, Estado Zulia, el día 01-12-1962 y Titular de la Cédula de Identidad N° 7.842.580, LUIS ENRIQUE CACERES PARRA, venezolano, mayor de edad, casado, chofer, domiciliado en el Barrio Villa Pastora, Acarigua Estado Portuguesa, hijo de María Parra de Cáceres y de Francisco Cáceres, nacido en Acarigua Estado Portuguesa, el día 21-06-1951 y Titular de la Cédula de Identidad N° 4.201.240 y FRANKLIN JOSE ARRIECHI, venezolano, mayor de edad, soltero, mecánico, domiciliado en el Barrrio San Vicente, Acarigua Estado Portuguesa, hijo de Juan Antonio Morillo y de Evangelista Arriechi, nacido en Araure Estado Portuguesa, el día 25-04-1970, y Titular de la Cédula de Identidad N° 11.546.491, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el Ordinal 1° del Artículo 455 del Código Penal, cometido en perjuicio de PRODUCTORES ASOCIADOS CHISPA, S.A. y FRANCISCO JAVIER GONZALEZ RODRIGUEZ, este Tribunal pasa a efectuar el Cómputo correspondiente de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se evidencia que los referidos penados fueron detenidos en fecha 13-01-1997, y puestos en libertad: Williams Antonio Delgado Sánchez en fecha 04-02-1997 y Luis Enrique Cáceres Parra y Franklin José Arriechi en fecha 07-02-1997, por lo que hasta la presente fecha se encuentran en libertad. Es por lo que el primero de los nombrados estuvo privado de su libertad por el lapso de VEINTIUN (21) DIAS y los dos últimos nombrados por el lapso de VEINTICUATRO (24) DIAS y para el cumplimiento total de la condena le falta cumplir al penado Williams Antonio Delgado Sánchez, TRES (03) AÑOS, ONCE (11) MESES Y NUEVE (09) DIAS, y a los penados Luis Enrique Cáceres Parra y Franklin José Arriechi, les falta por cumplir TRES (03) AÑOS, ONCE (11) MESES Y SEIS (06) DIAS. Cítese a los Penados para que comparezca por ante este Despacho el día 01 de Febrero de 2005 a las 10:00 de la mañana, a fin de imponerlos del presente cómputo . Cúmplase.

Remítase Copia Certificada de la presente Resolución a la Dirección de Rehabilitación y Custodia de Recluso; Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales, con sede en la ciudad de Caracas. Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público, a los penados y a sus defensores.

Regístrese, Diarícese y Déjese copia

La Juez de Ejecución,


Abg. Rosa Rodríguez de Brito

El Secretario


Abg. Pedro Romero




RRdeB/ir