REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 27 de Enero de 2005
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2004-000284

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 02 de este Circuito Judicial, en fecha veintidos (22) de diciembre de 2004, mediante la cual Absuelve a los ciudadanos:IRAIDA CORTEZA LOVERA, Venezolana, Titular de la Cédula de Identidad N° 10.638.698, de treinta y seis (36) años de edad, nacido el día 16-02-1968, residenciada en la Urbanización Villa Araure Uno, Avenida A3, N° 60-18, Araure, Estado Portuguesa y CARLOS ENRIQUE MEJIAS, Venezolano, Titular de la Cédula de identidad N° 10.636.144, de treinta y seis (36) años de edad, nacido en fecha 14-03-1968, residenciado en la Urbanización Villa Araure Uno, Avenida A3, N° 60-18, Araure, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de la SOCIEDAD VENEZOLANA; en consecuencia este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria, y ordena la LIBERTAD PLENA de los mencionados ciudadanos ya identificado. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, a los ciudadanos a losreferidos ciudadanos, y sus defensores.
Así mismo se ordena oficiar a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, participandosele el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad acordada alos mismos.

Regístrese, diarícese y déjese copia. Librese lo conducente.
La Juez de Ejecución

Abg. Rosa Rodríguez de Brito
El Secretario

Abg. Pedro Romero
RRdeB/aa







ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2003-000011


























El Juez

Abg. Rosa Rodríguez de Brito

El Secretario

Abg. Pedro Romero García.