JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanare, veinticinco de Enero de dos mil Cinco
194° y 145°
EXPEDIENTE No. 1833
DEMANDANTE: VARGAS A. FREDDY G.
DEMANDADO: MONTILLA MORON ARGENIS C.
MOTIVO:
COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION)
HOMOLOGACION: DESISTIMIENTO.
Visto el DESISTIMIENTO, celebrado por la parte actora, en el presente juicio, se acuerda en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGAR, la presente causa de conformidad con el artículo 263, del Código de Procedimiento Civil. Se levanta la Medida de Embargo Preventivo y se acuerda oficiar a la Depositaria Judicial C.A. Se ordenó el archivo del presente expediente.-
La Jueza Provisoria,
Abg. Yajaira Tibisay Figuera Dorante.
La secretaria,
Abg. Luz Yajaira Rey de Vásquez.
Rey de Vásquez.-
Eder.