JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Guanare, veinticinco de Enero de dos mil Cinco
194° y 145°


EXPEDIENTE No. 1833

DEMANDANTE: VARGAS A. FREDDY G.


DEMANDADO: MONTILLA MORON ARGENIS C.
MOTIVO:
COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION)
HOMOLOGACION: DESISTIMIENTO.


Visto el DESISTIMIENTO, celebrado por la parte actora, en el presente juicio, se acuerda en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGAR, la presente causa de conformidad con el artículo 263, del Código de Procedimiento Civil. Se levanta la Medida de Embargo Preventivo y se acuerda oficiar a la Depositaria Judicial C.A. Se ordenó el archivo del presente expediente.-

La Jueza Provisoria,

Abg. Yajaira Tibisay Figuera Dorante.

La secretaria,

Abg. Luz Yajaira Rey de Vásquez.

Rey de Vásquez.-


Eder.