REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL 02
Guanare, 18 de Enero del 2005
194° Y 145°


Visto el acuerdo celebrado entre los ciudadanos DEIVY JOSE OLIVA y MELISSA MAHILY GARCIA ESPINAL, por ante este tribunal en esta misma fecha, sobre el establecimiento de Obligación Alimentaría del ciudadano DEIVY JOSE OLIVA en beneficio de su hija FRANLLELYD MARIANGEL OLIVA GARCIA de un año y cinco meses de edad, la cual se ha acordado por la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,oo) Mensuales; obligación que cancelara a partir del mes de Febrero del presente año, directamente a la madre de la niña y esta deberá firmar recibos; así mismo colaborar con los gastos de medicinas; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los adolescentes, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, de la Niña y del Adolescente.

El Juez,

Abog. Oscar Mahin Mejías Ramos

La Secretaria,

Abog. Florbelia Urquiola Corona.
OMMR/Mery S.
Exp. 4796