REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL No 02
Guanare, 24 de Enero de 2005
194° y 145°


Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos YSMAEL RAMON TEIXEIRA y MARIA DARIELA CARMONA, por ante este despacho en esta misma fecha, sobre el establecimiento de la OBLIGACION ALIMENTARIA, en beneficio de los niños SOHAR JOSUE TEIXEIRA CARMONA y ISMAEL ELIAB TEIXEIRA CARMONA, en la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 80.000,00), y el doble en el mes de Diciembre para la compra de ropa, calzados y juguetes; en cuanto a los gastos de medicinas y consultas médicas el padre los cancelará en su totalidad cuando sus hijos lo ameriten; por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños en cuestión, este Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

El Juez,

Abog. Oscar Mahín Mejias Ramos.

La Secretaria,

Abog. Florbelia Urquiola Corona.
Milanyela p.
Exp. Civil 4790