REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL 01
Guanare, 24 de enero de 2005
194º y 145º

Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos ARGENIS ANTONIO MORENO y ZENAIDA DEL CARMEN HERANNDEZ BARAZARTE, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño, Adolescente y Familia, y ratificada por ante este Despacho en esta misma fecha, sobre el establecimiento de REGIMEN DE VISITA en beneficio de su hijo JESUS DAVID MORENO HERNANDEZ, de la siguiente manera: El padre buscara al niño en cuestión en el hogar de la madre cada 15 días, el día viernes a las 6:00 de la tarde y lo regresara al hogar de la madre el domingo a las 6:00 de la tarde y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

La Jueza,

Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez.
La Secretaria,

Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Exp. Civil N° 4871
Liliana B.-