REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua

Acarigua, 14 de Febrero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-S-2004-001509
ASUNTO : PP11-P-2004-000151

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 01 de este Circuito Judicial, en fecha 20 de Enero de 2005 mediante la cual Absuelve a los ciudadanos JUAN ALBERTO MARQUEZ CAMPINS, venezolano, de 29 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 12.526.758, hijo de Venezuela Campíns y Víctor Márquez, fecha de nacimiento 11-08-74, de oficio comerciante, residenciado en la Fundación Mendoza, calle 10, N° 114; Acarigua, Estado Portuguesa y LUIS ANIBAL GARCIA MENDEZ, venezolano, 30 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.061.374, fecha de nacimiento 02-07-1974, de oficios comerciante, residenciado en la calle 10, Barrio 24 de Julio, Casa N° 02-28, cerca de la manga de coleo, natural de Sabaneta, Estado Barinas, por la presunta comisión del delito EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 461 del Código Penal, cometido en perjuicio del Ciudadano JOSE FRANCISCO FILARDO MUJICA, en consecuencia este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria y ordena la LIBERTAD PLENA de los ciudadanos JUAN ALBERTO MARQUEZ CAMPINS y LUIS ANIBAL GARCIA MENDEZ. Así mismo acuerda el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de presentación periódica, impuesta a los prenombrados ciudadanos por el Tribunal de Control N° 04.

Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, a los ciudadanos Juan Alberto Márquez Campins, Luis Anibal García Méndez y a su defensor.

Regístrese, diarícese y déjese copia. Librese lo conducente.


La Juez de Ejecución


Abg. Rosa Rodríguez de Brito

El Secretario


Abg. Pedro Romero

RRdeB/ir