Vista la solicitud interpuesta por la Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de esta Circunscripción Judicial, Abogada GRACIELA BENAVIDES GARCIA, mediante la cual solicita de este Tribunal sea declarada la extinción de la acción penal, y en consecuencia sea decretado el Sobreseimiento Definitivo en la presente Causa, la cual se le sigue al Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del Delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 numeral 6° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: Jesús Salvador Vásquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 11.081.947, domiciliado en la calle 11 con avenida 30, casa Nº 30-29, Barrio la Quebradita, Araure Estado Portuguesa.


EL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN


En fecha 25 de Marzo de 1.997, se dio inicio a la presente investigación, mediante denuncia formulada por la victima, ciudadano Jesús Salvador Vásquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 11.081.947, domiciliado en la calle 11 con avenida 30, casa Nº 30-29, Barrio la Quebradita, Araure Estado Portuguesa, por la comisión del Delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 numeral 6° del Código Penal.

RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO EN QUE SE FUNDAMENTA LA DECISIÓN.

Después de analizar la presente solicitud conjuntamente con las actuaciones que la acompañan, considera quien juzga que dicha solicitud se encuentra ajustada a derecho, por cuánto se hace evidente la falta de una condición necesaria para imponer la sanción, por cuanto no se puede comprobar la responsabilidad del adolescente ya que solo consta en la Causa la declaración de la victima, solo se realizó avalúo prudencial y la victima no ratificó la denuncia ni declaró con el objeto de aportar otros elementos de convicción, no existe en el expediente el reconocimiento en rueda de individuos por lo tanto considerando que no hay elementos suficientes y luego de transcurridos siete (07) años y once (11) meses es imposible incorporar nuevos datos a la investigación que demuestre la culpabilidad del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, razón por la cual solicita el Sobreseimiento Definitivo.