En horas de Despacho del día de hoy veintiuno (21) de Febrero del año 2005, siendo las 10:00 am conforme se acordó en auto anterior se trasladó y se constituyó este Juzgado en un lote de terreno, ubicado en el sector “La Parreña”, asentamiento campesino La Garrapatera, del Municipio Ospino del Estado Portuguesa, alinderada de la siguiente manera: NORTE: Parcela GST-001 y GST-002; SUR: Parcela GST-004, GST-005,GST-006 y GST-010; ESTE: Vía Ospino La Trinidad y OESTE: Parcela GST-002 y posesión LA Garrapatera; para los efectos de practicar Amparo a la Posesión legitima, decretada por el Juzgado Segundo de primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en la causa Nº A-106; Querellante: Miguel Armando Duque Hernandez; Querrelladas: Maryuris Camacho, Elisa Guevara y Hernán Gómez, Motivo: Interdicto de Amparo a la Perturbación. Seguidamente el Tribunal una vez constituido procede a notificar de su misión a la ciudadana Luz Maryeris Camacho, mayor de edad, Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 17.259.100, querellada en esta causa. El Tribunal deja constancia que esta presente el ciudadano: Miguel Armando Duque, querellante en esta causa, asistido en esta causa por el Abg. Yonny Rivero, Inpreabogado Nº 109.304. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipio Paez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara “El cese de los actos perturbatorios en el lote de terreno, ubicado en el sector “La Parreña”, asentamiento campesino “La Garrapatera” del Municipio Ospino del Estado Portuguesa, con los linderos antes señalados, en virtud al Amparo a la Posesión Legitima que le fuera decretado al Querellante: Miguel Armando Duque, antes identificado, perturbación esta atribuida a los Querellados: Luz Maryeris Camacho, Elisa Guevara y Hernán Gómez; así mismo como cualquier otra persona, es todo. En este estado interviene la parte actora Miguel Armando Duque, anteriormente identificado, asistido en este acto por el Abg. Yonni Rivero quien expone “Solicito al Tribunal se participe del presente acto al Coordinador General del Instituto Nacional de Tierras del Estado Portuguesa, es todo. Visto lo solicitado el Tribunal lo acuerda de conformidad y ordena librar oficio al referido Coordinador de esta medida de Amparo a la Posesión Legitima, es todo. Seguidamente el Tribunal da por cumplida su misión y resuelve volver a su sede, es todo. Se leyó y conformes firman, siendo la 11.00am.
*La Juez
Abg. Ana Dolores Monagas Carrillo.
*La Notificada.
Maryeris Camacho
*La Parte Actora
Miguel Armando Duque
*Abg. Asistente.
Abg. Yonni Rivero
*La Secretaria.
Aura Rangel Romano
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