REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
GUANARE
Guanare, 25 de julio de 2005
195° y 146°
Visto el oficio de fecha 23 de julio de 2005, emanado del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare, mediante el cual participan la detención del acusado HERNANDEZ DUEÑO LUIS CARLOS, quien se encuentra recluido en la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, quien fue condenado por sentencia dictada en fecha 26 de junio del año 2000, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal para el Régimen Procesal Transitorio de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS, DIEZ (10) DIAS, VEINTIUN (21) HORAS Y VEINTE (20) MINUTOS, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Calificado y Uso Indebido de Arma, previstos y sancionados en los artículos 408 y 282 del derogado Código Penal, respectivamente, en perjuicio de ALI ALEJANDRO SANCHEZ BRICEÑO, esta Corte observa:
Que en fecha 16 de agosto de 2000 se recibió, en esta Corte de Apelaciones, el expediente correspondiente a la causa seguida en contra del acusado HERNANDEZ DUEÑO LUIS CARLOS.
Que en fecha 25 de agosto de 2000, se designó la ponencia al Juez Roger Luzardo Parra.
Que esta Corte de Apelaciones, por auto de fecha 25 de agosto de 2000, admitió el recurso de apelación interpuesto por el abogado ANGEL ARMANDO YUNEZ, en su carácter de defensor del acusado HERNANDEZ DUEÑO LUIS CARLOS, en contra de la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal para el Régimen Procesal Transitorio de este Circuito Judicial Penal, habiéndose fijado las diez (10) de la mañana del sexto día hábil siguiente, para la celebración del acto de informes en audiencia oral, de conformidad con los artículos 447 y 448 del Código Orgánico Procesal Penal.
Que por escrito de fecha 14 de septiembre de 200, el abogado ANGEL ARMANDO YUNEZ, renunció a la defensa del acusado HERNANDEZ DUEÑO LUIS CARLOS.
Que en fecha se constituyó esta Corte de Apelaciones, conformada por los abogados JOEL ANTONIO RIVERO, MORAIMA LOOK ROOMER y CLEMENCIA PALENCIA GARCIA, en consecuencia, se acuerda:
Primero: La continuación de la presente causa.
Segundo: Se le reasigna la ponencia al Juez Presidente de la Corte de Apelaciones, Abogado Joel Antonio Rivero.
Tercero: Por haber transcurrido un lapso aproximado de Cinco (5) años desde la fecha en que se fijó la causa para informes, se acuerda el traslado del acusado HERNANDEZ DUEÑO LUIS CARLOS, a la sede de esta Corte de Apelaciones, a los fines de notificarle el estado de la causa y de la renuncia de su abogado defensor ANGEL ARMANDO YUNES.
Cuarto: Que una vez conste en autos la notificación al acusado, se fijará por auto separado la fecha del acto de informes.
Líbrese la boleta de traslado correspondiente.
El Juez Presidente de la Corte de Apelaciones
Joel Antonio Rivero
La Jueza de Apelación, La Jueza de Apelación,
Moraima Look Roomer Clemencia Palencia García.
El Secretario,
Giuseppe Pagliocca.
Seguidamente se cumplió lo ordenado en autos. Conste.-
Secretario.
EXP N° 983-00
JAR/ta