REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 14 de Julio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2004-000232
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria publicada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 02 de este Circuito Judicial, en fecha 08-06-2005, mediante la cual Absuelve a los ciudadanos ELISEO DE JESUS GONZALEZ COHIL, venezolano, de treinta y cinco (35) años de edad, nacido en fecha 26-02-1970, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.138.642, residenciado en Baraure 4, Vereda 4, Casa N° 6, Araure, Estado Portuguesa y EDWIN RAMON EULACIO COHIL, venezolano, de veintiséis (26) años de edad, nacido en fecha 25-09-1978, titular de la Cédula de Identidad N° 14.272.122, residenciado en la Calle 37, Casa Nº 37, Barrio Bella Vista I, Acarigua, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS AUTOMOTORES PROVENIENTES DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, perpetrado en perjuicio del ciudadano HECTOR PROKOFIEV RUEDA TERAN; este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria, y en consecuencia se ordena la LIBERTAD PLENA de los ciudadanos ELISEO DE JESUS GONZALEZ COHIL y EDWIN RAMON EULACIO COHIL, ya identificados.
Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, a los ciudadanos ELISEO DE JESUS GONZALEZ COHIL y EDWIN RAMON EULACIO COHIL y a su defensor.
Regístrese, diarícese y déjese copia. Líbrese lo conducente.
La Juez de Ejecución
Abg. Rosa Rodríguez de Brito
El Secretario
Abg. Pedro Romero García
RRDEB/id