REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 22 de Julio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2005-001249
ASUNTO : PP11-P-2005-001249
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio Nº 03 de este Circuito Judicial, en fecha 28-06-2005, mediante la cual Absuelve al ciudadano ERNESTO ANTONIO DIAZ ALVAREZ, Venezolano, de 39 años de edad, de oficio Distinguido (PEP), titular de la cédula de Identidad Nº 6.497.337, domiciliado en el Caserío Mijagüito, calle 01, casa Nº 27, Acarigua, Estado Portuguesa; JOSE GREGORIO ANGULO RIERA, Venezolano, de 32 años de edad, de oficio Funcionario Policial (PEP), titular de la cédula de Identidad N° 12.708.593, domiciliado en el Caserío Mijagüito, del estado Portuguesa, por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en los artículos 418 y 175, respectivamente, del Código Penal, cometido en perjuicio de GUSTAVO JOSÉ MENDOZA REYES; en consecuencia este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria, y en consecuencia se ordena la LIBERTAD PLENA de los ciudadanos ERNESTO ANTONIO DIAZ ALVAREZ y JOSE GREGORIO ANGULO RIERA, ya identificados.
Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, al ciudadano ERNESTO ANTONIO DIAZ ALVAREZ y JOSE GREGORIO ANGULO RIERA y a sus defensores.
Regístrese, diarícese y déjese copia. Líbrese lo conducente.
La Juez de Ejecución
Abg. Rosa Rodríguez de Brito
El Secretario
Abg. Pedro Romero García
lérida.-