REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE.
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-
Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación
Visto el desistimiento de la demanda, respecto a los coaccionados NORKIS SILVA, YUDELKIS GARCÍA, GREGORI JOSÉ BARCO y WILLI SILVA GARCÍA, de la abogado MARÍA YNÉS MELÉNDEZ, en su carácter de apoderada del accionante ÉDGAR FELICIANO AGUILLÓN VALLES, en la acción que por interdicto de restitutorio intentó contra MARÍA VICTORIA ARANGUREN, MARÍA ISABEL COLMENAREZ, YELITZA CORTEZ, MILÁNYELO BALLESTES, LUÍS SÁNCHEZ, INGRID ANGELINA ARANGUREN, NORKIS SILVA, YUDELKIS GARCÍA, GREGORI JOSÉ BARCO y WILLI SILVA GARCÍA este Tribunal observa:
De conformidad con lo que dispone el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en cualquier grado o estado de la causa puede el demandante desistir de la demanda. Los derechos sobre los que versa la acción de la que se desiste son de carácter privado, sin que el orden público se encuentre afectado y teniendo la abogado MARÍA YNÉS MELÉNDEZ facultades para desistir en el poder apud acta que le confirió el accionante el 9 de mayo de 2005, según consta en el folio 42 del expediente, por lo que debe homologarse el desistimiento, con respecto a NORKIS SILVA, YUDELKIS GARCÍA, GREGORI JOSÉ BARCO y WILLI SILVA GARCÍA.
Es por las anteriores consideraciones, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento con respecto a NORKIS SILVA, YUDELKIS GARCÍA, GREGORI JOSÉ BARCO y WILLI SILVA GARCÍA. La causa proseguirá con respecto al resto de los accionados.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Acarigua, a los quince (15) días del mes de julio de dos mil cinco.-
El Juez Temporal

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria

Abg. Nancy Galíndez de González