REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.
En el día de despacho de hoy, 08 de julio del 2005, siendo las 10:00 oportunidad fijada para que tenga lugar el segundo acto reconciliatorio del proceso. Previo anuncio de Ley se abrió el acto, la demandante no compareció, razón por la cual se declara extinguido el proceso. Se deja constancia que estuvo presente la Abogada Milagros Sarmiento, Inpreabogado N° 78.947, en su carácter de apoderada de la actora.