REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL No 02
Guanare, 12 de Julio de 2005
195° y 146°
Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos EBERTH JHONNATHAN ANGARITA y LOURDES YNOR TORREALBA BARAZARTE, por ante este Despacho en el día de hoy, sobre el establecimiento del REGIMEN DE VISITAS, en beneficio del niño ALBERTH JOSE ANGARITA TORREALBA, que consiste en que la madre buscará a su hijo los días Sábados de cada semana, en el hogar donde reside con el padre a las 9:00 de la mañana y lo regresará los días domingo a las 6:00 de la tarde; en vacaciones escolares serán compartidas en mitad desde el día de hoy 12 de julio del año 2005 hasta el 13 de agosto del 2005 con la madre y desde esa fecha hasta el 15 de septiembre con el padre; carnaval y semana santa serán compartidos entre ambos progenitores y las vacaciones decembrinas serán compartidas, es decir este año 24 de diciembre con el padre y el 31 de diciembre con la madre, alternándose en los próximos años; por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño en cuestión, este Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
El Juez,
Abog. Oscar Mahín Mejias Ramos.
La Secretaria Temporal,
Abog. Adelina Miranda Lozano.
Milanyela p.
Exp. Civil 5410