REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE CONTROL N° 01
Guanare, 06 de Junio de 2005
Años: 195° y 146º
N°________
1CS-3693-05
Vista la solicitud hecha por la Fiscal Tercero del Ministerio Publico del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Abg. ICARDI SOMAZA PEÑUELA, recibida en este Juzgado el día 01-06-05, donde pide la declaratoria de SOBRESEIMIENTO de la presente causa porque el hecho objeto del proceso no se realizó; de conformidad con el artículo 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, seguida contra el ciudadano HECTOR ZAMBRANO, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, este Tribunal pasa a decidir, basándose en las siguientes consideraciones:
El Juzgador, después de analizar las actas procesales de este Expediente, considera que no hay hecho punible tal como se constato en el oficio N° CRA.CR4-1RA.CIA-SI-435 de fecha 30-05-05, por lo que es procedente atender el petitorio fiscal y decretar el SOBRESEIMIENTO de esta causa de conformidad con el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en Funciones de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra persona HECTOR ZAMBRANO, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con el artículo 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal; porque el hecho objeto del proceso no se realizó.
Publíquese y notifíquese a las partes.
El Juez de Control N° 1,
Luis Alberto Hernández Mendoza
El Secretario,
Abg. Tania Rivero