REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE EJECUCION

Guanare, 15 de Junio de 2005
Años 195° y 146°
N° 19
CAUSA 2E-91-05

Revisada la presente causa en la que riela informe social y certificación de antecedentes expedida por el Ministerio de Interior y Justicia, los cuales en su conjunto vienen a satisfacer los requisitos previstos en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal. Con relación a la Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena al Ciudadano penado: MERIDE LUCENA JOSÉ, titular de la Cedula de Identidad N° V-9.158.063, quien en la condición de penado opta por la referida suspensión condicional, hacen que este juzgador dentro de la competencia atribuida en el articulo 479 ordinal 1° esjudem. En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley otorga la Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena al Ciudadano: MERIDE LUCENA JOSÉ, ordenándosele su presentación para el régimen probacional por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, ante la cual deberá presentar constancia u oferta de trabajo. Ofíciese. Notifíquese. Cítese al penado a objeto de ser impuesto de la presente decisión.


El Juez de Ejecución N° 2


Evelio de Jesús Viloria

El secretario,

Abg. Juan Alberto Valera
Fé.